Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2014, número de resolución KLCE201301205

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301205
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014

LEXTA20140131-061 Island Holding v. Prime R. Constructions

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS Y UTUADO

Panel XI

LSREF2 ISLAND HOLDING, LTD., INC.
Demandante-Recurrido
V.
PRIME R. CONSTRUCTION CORP., SOTO R. & ASOCIADOS INGENIEROS, CSP; ENGINEERING 2000, INC.; PHIRO INC.; ROBERTO SOTO CARRERAS Y SU ESPOSA ELBA FRANCISCA CHABRIER T/C/C ELBA CHABRIER y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; JOSÉ R. SOTO CHABRIER; ROBERTO SOTO CHABRIER y su esposa HELEN NIEVES COLÓN y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Demandados-Peticionarios
KLCE201301205 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil. Núm. E CD2008-0863 Sobre: Cobro de Dinero, Ejecución de Prenda y Ejecución de Hipoteca.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Jueza Vicenty Nazario.

Vicenty Nazario, Jueza Ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico a 31 de enero de 2014.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones por derecho propio los señores Roberto Soto Carreras, Roberto Soto Chabrier, José R. Soto Chabrier y la Sra. Elba Francisca Chabrier Rochet (peticionarios, parte peticionaria), el 30 de septiembre de 2013 y nos solicitan que revisemos una orden de ejecución de sentencia parcial emitida el 9 de septiembre de 2013 por la Sala Superior de Caguas del Tribunal de Primera Instancia (foro primario o instancia). Mediante el aludido dictamen el TPI ordenó el embargo y ejecución de bienes muebles en la causa ECD2008-0863 contra todos los allí demandados, entre los cuales están los aquí peticionarios, aun cuando la sentencia parcial solo incluyó a tres corporaciones demandadas.

Examinada la petición y por los fundamentos que expresamos a continuación, se deniega el auto de Certiorari.

I.

Según surgen del expediente ante nuestra consideración, los hechos e incidentes procesales esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes:

El presente caso tiene su origen en una demanda en cobro de dinero y ejecución de prenda e hipoteca por la vía ordinaria presentada allá para el 27 de mayo de 2008 por FirstBank Puerto Rico (FirstBank), hoy LSREF2 ISLAND HOLDING, LTD, INC. (LSREF2).1 En dicha demanda los demandados fueron Prime E. Construction Corporation; Soto R. Asociados Ingenieros, CSP; Engineering 2000 Inc.; Phiro Inc.; Roberto Soto Carreras, su esposa Elba Francisca Chabrier Rocket y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; José R. Soto Chabrier; Roberto Soto Chabrier su esposa Helen Nieves Colon y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. La demanda alegaba que Prime E. Construction Corporation por conducto de su presidente Roberto Soto Carreras libró el 5 de diciembre de 2006 un pagaré a la orden de FirstBank por la suma principal de $2,161,306.78 devengando el 8.5% de interés anual fijo.2 Dicho pagaré sería pagadero en 60 plazos, 59de los cuales serían de $16,618.58 y el pago 60 sería el balance adeudado a la fecha del vencimiento, la cual era el 5 de diciembre de 2011. El pagaré disponía que en caso de incumplimiento de pago o de los términos y condiciones o garantías, el banco a su opción podría cobrar un cargo por incumplimiento aumentando la tasa de interés en doscientos (200) puntos porcentuales sobre la tasa de interés que devengue el préstamo al momento del incumplimiento. El prestatario se obligaba a pagar las costas, gastos y honorarios de abogados en caso de reclamación por la vía judicial fijando como suma líquida una cantidad equivalente al diez por ciento (10%) del principal e intereses adeudados a la fecha de la radicación de la reclamación. Para garantizar el cumplimiento de la obligación los codemandados Prime E. Construction Corporation y Roberto Soto Carreras, su esposa Elba Francisca Chabrier Rocket y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; José R. Soto Chabrier; Roberto Soto Chabrier su esposa Helen Nieves Colon y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos suscribieron a favor del Banco un Acuerdo de Gravamen Mobiliario y Prenda.3 En dicho acuerdo se entregaron en prenda varios pagarés hipotecarios garantizados con varias hipotecas sobre distintos bienes inmuebles de los peticionarios.

Luego de varios trámites procesales innecesarios pormenorizar para el recurso que atendemos, el 22 de febrero de 2010 el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia paralizando los procedimientos ya que tanto los codemandados Roberto Soto Carreras, su esposa Elba Chabrier Rochet y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y el codemandado Prime R. Construction Corporation habían radicado petición de quiebra bajo el Código de Quiebra Federal.

El 19 de marzo de 2010, FirstBank solicitó reconsideración en cuanto a que continuaran los procedimientos en cuanto a las otras partes codemandadas que no estaban protegidas por el Código de Quiebra Federal. El foro primario el 29 de marzo de 2010 ordenó la continuación de los procedimientos en cuanto a los demás codemandados. El día 30 de marzo de 2012 notificada el 30 de julio del mismo año, el foro de instancia dictó sentencia parcial en cuanto a Soto R. Asociados Ingenieros, CSP; Engineering 2000 Inc.; y Phiro Inc.4 En cuanto a estos codemandados se les condenó a pagar solidariamente a la parte demandante...

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