Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2014, número de resolución KLRA201300947

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201300947
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014

LEXTA20140131-111 Santana Báez v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL ESPECIAL

ELIEZER SANTANA BÁEZ
RECURRENTE
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
RECURRIDO
KLRA201300947
REVISIÓN ADMINISTRATIVA CRIM. NÚM. Q802-13 SOBRE: RECLAMO DE CONFINADO

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2014.

Eliezer Santana Báez [en adelante Santana Báez] comparece por derecho propio y solicita la revisión de la Resolución emitida por Departamento de Corrección y Rehabilitación [en adelante Departamento de Corrección] el 19 de septiembre de 2013 en la queja núm.

Q-802-13. Mediante dicho dictamen el Departamento de Corrección confirmó la desestimación de la queja presentada por Santana

Báez por no haber cumplido con la Regla XIII (7)(b) del Reglamento para Atender las Solicitudes de Remedios Administrativos Radicadas por los Miembros de la Población Correccional, Reglamento Núm. 8145 del 21 de febrero de 2012.

Por los fundamentos que se exponen a continuación CONFIRMAMOS la resolución recurrida.

ANTECEDENTES

El 19 de julio de 2013 Eliezer Santana Báez presentó una solicitud de remedio administrativo ante la División de Remedios Administrativos. En su petición alegó que llevaron al confinado Manuel Pérez a la celda núm. 6 de la sección D del Edificio 8 y dicho confinado desde su reja comenzó a expresarle malestar al Oficial Ricardo Borrero de que allí no se venden cigarrillos, que si no le venden cigarrillos va a haber un problema con Santana Báez que fue la persona que presentó la demanda de los cigarrillos. El oficial Borrero le dijo que se estuviera tranquilo. Indicó que ese confinado hizo una amenaza hacia su persona y sería impropio que lo dejen conviviendo con el recurrente en la misma sección.

El Evaluador Edwin J. Rivera Dávila en su respuesta al miembro de la población correccional desestimó la querella en virtud de la Regla XIII, Sección 7 (b) que dispone como sigue:

7. El Evaluador tiene la facultad para desestimar las siguientes solicitudes:

  1. […]

  2. Solicitud de Remedio Administrativo sin haberse gestionado la solución del problema planteado con el superintendente de la institución, encargado del Hogar de Adaptación Social, coordinador del Centro de Tratamiento Residencial, o con el área concerniente.

    Además el evaluador orientó a Santana Báez a “dirigir su queja primordialmente al personal de seguridad: supervisores, sargentos, tenientes, comandante y/o superintendente sobre la problemática.”

    No conforme con la desestimación de la solicitud, Santana Báez acudió en reconsideración ante el Coordinador Regional de Remedios Administrativos. En el manuscrito mencionó que cumplió con los requisitos reglamentarios y que no existe otro elemento que le quite razón a su reclamo. Atendida la reconsideración, el Coordinador emitió la resolución que nos ocupa. Concluyó el coordinador lo siguiente:

    En el caso de autos, el recurrente alega que un confinado que está ubicado en su sección y edificio, le expresó al oficial Borrero que si no le venían en la Comisaría cigarrillos va a haber un problema con el recurrente porque fue el confinado que presentó una demanda de los cigarrillos. Que el oficial Borrero le dijo que se estuviera tranquilo. Que entiende que esa amenaza es suficiente para no mantener a ese confinado (Manuel Pérez) en la misma sección cuando le dijo personalmente al oficial que va a atentar contra el recurrente.

    Ciertamente es responsabilidad del miembro de la población correccional gestionar el asunto en primera instancia con el área concerniente. En autos no se desprende que el recurrente haya solicitado a la oficial ubicadora, Sra. Carmen Torres que reubiquen al confinado Manuel Pérez a...

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