Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Febrero de 2014, número de resolución KLCE2014-00004

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE2014-00004
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2014

LEXTA20140213-008 Rosas v. ELA de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA-UTUADO

PANEL X

Daniel Rosas y Cecilia Santos, en su carácter personal y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta y José Daniel Rosas Santos
RECURRIDOS
v.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Secretario de Justicia
PETICIONARIO
KLCE2014-00004
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Mayagüez Caso Núm.: ISCI201300563 (206) Sobre: Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Brau Ramírez.

Brau Ramírez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de febrero de 2014.

Los esposos recurridos Daniel Rosas y Cecilia Santos residen en Cabo Rojo. Son propietarios de un vehículo Mazda 3 de 2006. Los recurridos son los padres de José Daniel Rosas Santos. Los recurridos le prestaron el vehículo a su hijo.

El 23 de agosto de 2012, mientras conducía el vehículo, la Policía intervino con el joven Rosas Santos por supuestas infracciones a la Ley de Sustancias Controladas. La Policía arrestó al joven ese mismo día y ocupó el vehículo de motor marca Mazda.

Eventualmente, el proceso criminal contra el joven Rosas Santos concluyó de manera favorable para él con una determinación de no causa.

Luego de varias semanas, el Estado decidió confiscar el vehículo. Esta determinación fue hecha luego de expirados los términos establecidos por el artículo 14 de la Ley Propiedad Vehicular, 9 L.P.R.A. sec. 3213 y el artículo 13 de la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011, 34 L.P.R.A. sec. 1724(j).

La notificación de la confiscación no fue enviada por las autoridades hasta el 28 de noviembre de 2012. Las notificaciones cursadas fueron devueltas por el correo, por haber sido enviadas a una dirección insuficiente.

Los recurridos hicieron gestiones para la devolución del automóvil. El 17 de abril de 2013, el Departamento de Justicia finalmente les notificó que el vehículo había sido confiscado.

El 30 de abril de 2013, los recurridos instaron la demanda de epígrafe contra el Estado Libre Asociado ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, impugnando la confiscación realizada. Los recurridos alegaron que la confiscación del automóvil era nula porque el Departamento de Justicia no la notificó dentro del término jurisdiccional de treinta (30) días que establece la Ley...

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