Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Febrero de 2014, número de resolución KLCE201301646

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201301646
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2014

LEXTA20140214-013 Villalon Gomez v. Soto Villar

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

JOSÉ M. VILLALÓN GÓMEZ; ISABEL VILLALÓN GÓMEZ
Recurridos
v.
IRAIDA M. SOTO VILLAR
Peticionaria
KLCE201301646
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D AC2011-0337 Sobre: División de Comunidad de Bienes (Incidente co-representación legal)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Juez Brignoni Mártir.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de febrero de 2014.

La peticionaria Iraida M. Soto Villar (Soto Villar) presentó el 23 de diciembre de 2013 una Solicitud de Certiorari mediante la cual procura la revisión de la Orden que declaró No Ha Lugar la solicitud del licenciado Vladimir Mihailovich para unirse a la representación legal de ésta durante los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia.

Con el beneficio de la comparecencia de la parte recurrida, señor José Manuel Villalón Gómez y la señora Isabel Villalón Gómez, quienes solicitan la desestimación del recurso, resolvemos conforme a derecho.

I

Ante el foro a quo se ventila una acción en liquidación de la comunidad de bienes hereditarios promovida por los hijos del señor José Andrés Villalón Pujals, quien falleciera el 19 de junio de 2010, contra la peticionaria, esposa del causante, y el señor Juan Morales Alicea, Contador Público Autorizado. Existen diversos bienes hereditarios sujetos a identificación, partición y liquidación, entre ellos, un negocio relacionado a la venta de seguros, bajo la entonces razón social de José A. Villalón. El Tribunal de Primera Instancia designó al licenciado Ángel F. Rossy García como Comisionado Especial, con la encomienda de obtener el inventario juramentado de los bienes, procurar que se hayan presentado las planillas de contribución sobre ingresos para los años en cuestión, y presentar la solicitud para obtener el relevo del caudal relicto, entre otras tareas, de manera que se pueda preparar el Cuaderno Particional.

Éste, aunque confrontó dificultades de diferente índole, pudo culminar la encomienda del tribunal a finales del año 2013.1

Como parte de los procedimientos ante el foro primario, allá para el 6 de diciembre de 2011 el licenciado Vladimir Mihailovich, entonces abogado de la señora Soto Villar, presentó Solicitud de Renuncia mediante la cual solicitaba la renuncia a la representación legal de la señora Soto Villar por motivo de que la peticionaria y “este servidor hemos llegado a un punto de falta total de comunicación productiva conducente a la solución del caso.” Además, el licenciado Mihailovich invocó que “existen diferencias irreconciliables en la manera que el caso debe que ser litigado y en el cumplimiento de las obligaciones de la parte.”2

En fin, el abogado adujo que todo ello le imposibilitaba seguir ofreciendo los servicios profesionales de manera efectiva para poder cumplir con los requerimientos estrictos de los Cánones de Ética Profesional. En respuesta, el tribunal relevó al licenciado Mihailovich de la representación legal de la señora Soto Villar. La peticionaria continuó representada por la letrada Emma Rochet Santoro.

Así la cosas, el 1 de agosto de 2013, la licenciada Rochet Santoro solicitó, a su vez, la renuncia a la representación legal de la señora Soto Villar. El tribunal denegó lo solicitado en atención a que la abogada no había cumplido con una petición de documentos formulada por el Comisionado Especial. La abogada interpuso una solicitud de...

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