Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Febrero de 2014, número de resolución KLRA201301088
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201301088 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2014 |
LEXTA20140220-012 Sharry Cruz v.
Junta de Libertad Bajo Palabra
Edwin Sharry Cruz | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Junta de Libertad Bajo Palabra Sobre: Caso Núm.: GMA-500-1061-13 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Figueroa Cabán y el Juez Rivera Colón.
Rivera Colón, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de febrero de 2014.
Comparece ante nos el señor Edwin Sharry Cruz (Sr. Sharry Cruz) mediante un recurso de revisión administrativa en el cual solicita la revocación de una determinación emitida el 17 de septiembre de 2013 por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento de Corrección). En resumidas cuentas, el recurrente se encontraba confinado en la Institución Correccional Anexo 500 en Guayama; éste había radicado una solicitud ante la Junta de Libertad Bajo Palabra, no obstante, la misma no fue resuelta en el término de 90
días a partir de su presentación. Del dictamen recurrido se desprende que dicha solicitud continuaba en presidencia siendo evaluada. (Véase Ap. pág. 2).
Inconforme con la Respuesta
emitida por el Departamento de Corrección, el 27 de septiembre de 2013 el Sr. Sharry Cruz instó una solicitud de reconsideración. El 21 de octubre de 2013, la agencia recurrida emitió una Resolución en Reconsideración; en la misma se resolvió lo siguiente:
La División de Remedios Administrativos es el organismo administrativo cuyo objetivo es que los confinados puedan presentar solicitudes de remedio sobre actos e incidentes que afecten personalmente al confinado en su bienestar físico, mental, seguridad personal o en su plan institucional.
Conforme a la respuesta emitida por la [ ] Técnico Sociopenal se le explica al recurrente que se había logrado comunicación con la Oficina de Secretaría de la Junta de Libertad Bajo Palabra el 11 de septiembre de 2013 y la [ ] indicó que el caso estaba en la Oficina de Presidencia, siendo evaluado.
En el día de hoy, 21 de octubre de 2013, se logra nuevamente comunicación con la Oficina de Secretaría de la Junta de Libertad Bajo Palabra y la [ ] informa que aún el caso está bajo evaluación por parte de un Oficial Examinador para la emisión del correspondiente acuerdo en términos de Libertad Bajo Palabra.
Se le informa al recurrente, que este es un proceso pertinente a la Junta de Libertad Bajo Palabra. El área Sociopenal ha realizado las gestiones necesarias con la Junta para mantener informado al recurrente del proceso en que se encuentra su caso en términos de Libertad Bajo Palabra.
Al evaluar la totalidad del expediente, concluimos que la respuesta emitida por el área concernida fue responsiva. Se le informa al recurrente elstatus de su caso ante la Junta de Libertad Bajo Palabra y que actualmente...
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