Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Marzo de 2014, número de resolución KLCE201400069

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400069
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2014

LEXTA20140305-002 Firstbank PR v. CCF Holdings Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

FIRSTBANK PUERTO RICO, INC.
Peticionario
v
CCF HOLDINGS, INC. Y OTROS
Recurrido
KLCE201400069
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D CD2013-0237 (505) Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni Mártir.

Brignoni Mártir, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de marzo de 2014.

Comparece ante nos, el Peticionario, Firstbank Puerto Rico (Firstbank), quien nos solicita la revisión de una Orden emitida el 12 de diciembre de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (TPI). Mediante ésta, el TPI declaró No Ha Lugar una Moción Solicitando el Nombramiento de un Síndico presentada por la Peticionaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari.

I.

El 15 de julio de 2011 Firstbank presentó una Demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca en contra de CCF Holdings, Inc. (CCF), Jardín del Edén, Inc. (JDE), Orlando Mayendía Díaz y Nell Natalia

Blanco (Mayendía – Blanco).1 El 3 de mayo de 2013, CCF y JDE contestaron la demanda y luego, el 8 de mayo de 2013, Mayendía y Blanco presentaron de forma separada su contestación a la misma. Luego de varios incidentes procesales, el 22 de octubre de 2013, Firstbank presentó una Moción Solicitando el Nombramiento de un Síndico. En dicha moción alegó que las siete (7) escrituras de hipoteca de las cuales se solicitaba su ejecución, contenían una cláusula contractual que le concedía a Firstbank el derecho a solicitar el nombramiento de un síndico.2 Tanto, Mayendía, como Blanco, CCF y JDE presentaron oposición al nombramiento de dicho síndico, mediante las mociones correspondientes. El 27 de noviembre de 2013, Firstbank presentó una Réplica a las Oposiciones a Nombramiento de Síndico. Así pues, el 2 de diciembre de 2013, el TPI dictó una Orden en la que denegó la Moción Solicitando el Nombramiento de un Síndico.3 En cuanto a la Moción de Réplica a las Oposiciones a Nombramiento de Síndico, el 12 de diciembre de 2013, el TPI mediante Orden, dispuso que habiéndose examinado la misma como una reconsideración, la declaraba No Ha Lugar.

No conteste con esta determinación, el 15 de...

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