Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Marzo de 2014, número de resolución KLRA201301078

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201301078
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014

LEXTA20140311-020 Colon Ríos v. Departamento de la Familia

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ, AGUADILLA, UTUADO

PANEL X

NORMA I. COLON RIOS
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
Recurrida
KLRA201301078
Revisión Judicial procedente del Departamento de la Familia, Junta Adjudicativa Apelación Núm.: 2012-TANF 00089 Sobre: Rechazo

Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Brau Ramírez.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de marzo de 2014.

Comparece ante este tribunal intermedio la señora Norma I. Colón (señora Colón) mediante recurso de revisión judicial.

Solicita la revisión de una determinación emitida por la Junta Adjudicativa del Departamento de la Familia (el Departamento) el 14 de noviembre de 2013, notificada en esa misma fecha. Mediante dicho dictamen, la Junta Adjudicativa adoptó, e hizo formar parte de la Resolución, el informe de la Oficial Examinadora. En la referida Resolución, la Junta determinó confirmar la acción de rechazo notificada por la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (Programa TANF), y ordenó a la Junta Médico Social a reconsiderar la solicitud de la señora Colón, ante la nueva evidencia médica y siquiátrica presentada.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se desestima el recurso por ser prematuro.

I.

Según surgen del expediente ante nuestra consideración, los hechos e incidentes esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes.

El 22 de febrero de 2010 la señora Colón solicitó los beneficios del Programa TANF, bajo la categoría de Asistencia a Personas Total y Permanentemente Incapacitadas (categoría D).

El 28 de junio de 2010 la Oficina Local recibió la determinación de la Junta Médico Social, en la cual se determinó que la señora Colón era inelegible para recibir los beneficios del Programa TANF, por no considerarse la condición diagnosticada totalmente incapacitante. El 12 de julio de 2010 la señora Colón apeló dicha determinación ante la Junta Adjudicativa, por no estar conforme con la determinación notificada por la Administración de Desarrollo Socio-Económico de la Familia.

Luego de varios trámites, el 12 de agosto de 2011 la Junta Adjudicativa revocó la determinación de la Junta Médico Social, y ordenó que la señora Colón fuera re-evaluada en una reconsideración.

El 11 de enero de 2012 se llenó nueva solicitud y se envió a la Junta Médico Social.

El 23 de enero siguiente la Junta Médico Social determinó que la señora Colón es inelegible por no ser la condición diagnosticada totalmente incapacitante, toda vez que puede realizar tareas del hogar. Determinaron además, que según el código, la condición médica es moderada y es ama de casa eficiente.

El 2 de febrero de 2012 la Oficina Local recibió la determinación de la Junta Médico Social en la cual se determinó que la señora Colón era inelegible para recibir los...

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