Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Abril de 2014, número de resolución KLAN201301890

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201301890
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución24 de Abril de 2014

LEXTA20140424-006 Fermin v. Cladirect Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

HANS M. FERMÍN
Apelante
v.
CLADIRECT, INC.
Apelada
KLAN201301890
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: D PE2012-0934 Sobre: Reclamación de Salarios

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Juez Soroeta Kodesh y la Juez Brignoni Mártir.

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de abril de 2014.

El señor Hans M.

Fermín (Fermín) compareció ante nos el 27 de noviembre de 2013 mediante escrito de Apelación. En esencia, nos solicitó la revisión de la Sentencia Parcial emitida el 29 de octubre de 2013, notificada el 5 de noviembre de 2013, en virtud de la cual se declaró Con Lugar la Moción Solicitando Sentencia Sumaria presentada por Claridet, Inc. y desestimó la causa de acción de salarios devengados y no pagados.

Exponemos a continuación el trámite antecesor a la presentación del recurso apelativo que nos ocupa. Veamos.

I

El 23 de febrero de 2009, el señor Fermín comenzó a laborar para Cladirect como “Commercial Representative” para Puerto Rico y la Republica Dominicana. En esa misma fecha, firmó un contrato de empleo con los términos y condiciones de su contratación.

La compensación acordada por las partes como remuneración por los servicios prestados del señor Fermín fue un salario base anual de setenta y dos mil dólares ($72,000) a ser pagado en desembolsos bi-semanales de dos mil setecientos sesenta y nueve dólares con veintitrés centavos ($2,769.23); un pago mensual de seiscientos dólares ($600) por gastos médicos y gastos de transportación; y el pago de comisiones por las ventas de productos y servicios.

El 8 de julio de 2011, el señor Fermín cesó su relación de empleo con Cladirect.

Posteriormente, el 17 de agosto de 2012 presentó Querella al amparo del procedimiento sumario dispuesto en la Ley Núm. 2 del 17de octubre de 1961, 31 L.P.R.A. secs.

3118, et seq. En la misma, reclamó que Cladirect le adeudada la cantidad de ciento veinte mil dólares ($120,000) por salarios devengados y no pagados; la suma de veintiún mil doscientos cincuenta dólares ($21,250) por pago de vacaciones acumuladas y no pagadas; la cantidad de seiscientos dólares ($600) por pago de bono de navidad, y honorarios de abogado correspondiente al veinticinco por ciento (25%) de las sumas reclamadas, o sea setenta mil novecientos veinticinco dólares ($70,925.00).

El 29 de enero de 2013, Cladirect contestó la querella negando adeudar cantidad alguna. Realizado el descubrimiento de prueba, y según anunció durante el Informe de Conferencia con Antelación al Juicio, el 10 de mayo de 2013, Cladirect presentó Moción Solicitando Sentencia Sumaria Parcial en cuanto a la partida de salarios devengados y no pagados. El 4 de junio de 2013, el señor Fermín oportunamente se opuso a la solicitud de sentencia sumaria. Luego de un intercambio de mociones al respecto, el 29 de octubre de 2013 el Tribunal...

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