Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2014, número de resolución KLCE201400397

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400397
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Abril de 2014

LEXTA20140430-050 ELA de PR v. Percom Development Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
PETICIONARIO
V.
PERCOM DEVELOPMENT CORPORATION
RECURRIDO
KLCE201400397
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm. KEF1990-0134 Sobre: EXPROPIACIÓN FORZOSA

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Colón García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2014.

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por conducto de la Oficina de la Procuradora General, solicita la revocación de una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan el 21 de enero de 2014, notificada el 29 del mismo mes, en el caso de epígrafe. En la misma el TPI dispuso:

Vista la Sentencia, dictada el 8 de marzo de 2011 y la Resolución dictada el 5 de abril de 2011, ambas finales y firmes a esta fecha y no habiéndose efectuado el pago de éstas por la peticionaria, se ordena a la Secretaria de Hacienda, conforme a la Sección 5b de la Ley de

Expropiación Forzosa (32LPRA2908), a proceder con dicho pago.

Se ordena se notifique a las partes por correo regular y a la Secretaria de Hacienda mediante entrega personal por conducto del Alguacil del Tribunal con copia de la Sentencia y Resolución.

El ELA solicitó su Reconsideración el 13 de febrero de 2014, la que el TPI denegó en Orden de 21 de febrero de 2014. Sin embargo, la relación de hechos procesales que dan margen a la Orden cuestionada se remontan a varios años atrás.

Según los hechos que informa esta causa el TPI, luego de haberse expropiado una propiedad perteneciente a PERCON DEVELOPMENT CORP., relacionada al Proyecto de Autopista San Juan a Ponce Desvío Sur y cuyo fin público es el Puerto de las Américas, dictó Sentencia el 8 de marzo de 2011. Mediante esta ordenó al ELA pagar a PERCON como justa compensación por la propiedad expropiada la suma adicional de $13,749,217.56 con sus intereses sobre la suma de $2,634,000.00 desde el 28 de diciembre de 2005 hasta el 13 de abril de 2007. Además, conforme a dicho dictamen, el Estado tendría que pagar $98,851.50 por concepto de las costas fijadas en la Resolución dictada el 5 de abril de 2011, con los intereses devengados a partir de esa fecha. La Sentencia fue confirmada por este foro el 31 de octubre de 2012.

Aún inconforme, el ELA presentó Petición de Certiorari ante el Tribunal Supremo, el cual denegó su expedición. El 27 de septiembre de 2013 la Secretaria de este Tribunal remitió el Mandato al TPI, acreditando que la Sentencia dictada el 31 de octubre de 2012 había advenido final y firme. Ante ello, PERCON solicitó se cumpliera el Mandato y se hiciera efectiva la justa compensación decretada. El ELA no se opuso y el TPI le concedió veinte (20) días para cumplir la Sentencia. Ante el incumplimiento, el TPI dictó una segunda Orden el 18 de noviembre de 2013, para que el Estado mostrara causa por la cual no se había obrado según intimado.

El 15 de diciembre de 2013 el ELA en su escrito reconoció “que existe una Sentencia que es final y firme en la que hay una cantidad adicional por el justo valor de los terrenos, lo que fue adjudicado y al día de hoy no se ha pagado”. Sin embargo, expuso que no se habían identificado los fondos para satisfacer la Sentencia y arguyó que el Tribunal carece de facultad para ordenarle al Ejecutivo el identificar y asignar fondos para el pago de esta Sentencia. Como consecuencia de ello, el TPI emitió la Orden que previamente hemos transcrito y que es cuestionada en este recurso de expedición discrecional.

El ELA expone, además, que el TPI incidió al requerirle al Estado pagar inmediatamente, y de conformidad con la Sección 5B de la Ley de Expropiación Forzosa, la Sentencia del caso de epígrafe. Aduce que ha informado reiteradamente que al momento no se ha identificado la existencia de fondos no destinados a otras atenciones en el presupuesto corriente. Asegura que lo que...

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