Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2014, número de resolución KLCE201400017

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400017
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Abril de 2014

LEXTA20140430-112 Paredes Despradel v. ExParte

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

Panel III

GEORGINA PAREDES DESPRADEL
Peticionaria-Recurrida
EX PARTE
Peticionario
KLCE201400017
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso Núm.: K EX2011-0203 SOBRE: TUTELA

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Rodríguez Casillas.

Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2014.

El Sr. Juan Antonio Ramírez de Arellano Anziani (peticionario-interventor) solicita que intervengamos con la Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), en virtud de la cual aprobó el informe de las cuentas anuales de la tutela de su padre, Sr. Alfredo Carlos Ramírez de Arellano del Valle. Concretamente, las cuentas correspondientes al período entre el 21 de mayo de 2012 y el 31 de mayo de 2013. En esencia, cuestiona el peticionario-interventor que el foro recurrido aprobó el aludido informe sin habérsele brindado la oportunidad de reaccionar al mismo.

Evaluado integralmente el expediente, denegamos la expedición del auto de certiorari.

I.

Los hechos procesales pertinentes en orden al expediente se describen a continuación.

El 14 de noviembre de 2011, la Sra. Georgina Paredes Despradel (Paredes Despradel o la tutora), esposa del incapaz por 28 años, presentó una Petición Solicitando Declaración de Incapacidad y Nombramiento de Tutor.

Solicitó que se le nombrase tutora de su esposo.

El 2 de febrero de 2012, el aquí peticionario-interventor, Sr. Juan Antonio Ramírez de Arellano Anziani, hijo de Alfredo Carlos Ramírez de Arellano del Valle, presentó una Moción en Torno a Petición de Tutela y Solicitud de Órdenes Regulares. Solicitó una vista evidenciaria, determinada información médica y financiera relativa a su padre y que el TPI fijara unas fechas para visitar a su padre.

El 21 de mayo de 2012 se celebró la vista evidenciaria relativa a la petición de incapacidad y de nombramiento de tutora. Testificó la Sra. Paredes Despradel. Además testificaron como interventores dos de los hijos de Don Alfredo Carlos Ramírez de Arellano, a saber: la Sra. Melody Esther Ramírez de Arellano Gómez (Sra. Melody Esther) y el peticionario-interventor.

Ambos estuvieron representados por abogados en la vista. También testificó una perito psiquiatra sobre la condición de salud y capacidad mental de Don Alfredo y la Procuradora de Relaciones de Familia manifestó su conformidad con la petición de tutela. El 1 de junio de 2012 el TPI dictó la correspondiente Sentencia mediante la cual declaró incapaz a Alfredo Carlos Ramírez de Arellano del Valle.1

Según el TPI:

De la totalidad de la prueba documental y testifical presentada en el caso resulta claro que al presente el Sr. Alfredo Carlos Ramírez de Arellano no tiene capacidad para tomar decisiones sobre su persona y sus bienes. De igual manera, se demostró que la peticionaria no solo cumple con todos los requisitos legales para ejercer los deberes y responsabilidades de la tutela, sino que, como cuestión de hecho, ha sido la persona que por los pasados años se ha encargado de cuidar y proteger la persona y los bienes del Sr. Alfredo Carlos Ramírez de Arellano. Destacamos además, que la prueba presentada por los interventores en apoyo de su objeción al nombramiento de tutora de la peticionaria no está en forma alguna relacionada con la capacidad y cualidades de dicha parte para cumplir con los deberes de un tutor. Antes bien, las referidas objeciones responden a desavenencias personales en cuanto a la forma, coordinación y frecuencia de las visitas de los interventores a su padre.

El TPI designó tutora a la Sra. Paredes Despradel ordenándole rendir cuentas anuales de la tutela, prestar una fianza, y que se efectuaran las visitas solicitadas por sus hijos conforme lo recomendable médicamente y en coordinación con la tutora.

El 14 de septiembre de 2012 la Sra. Paredes Despradel presentó una Moción Informando Gestiones Realizadas en Cumplimiento con las Ordenes del Tribunal y Sometiendo Documentos. Allí informó de gestiones hechas en torno a los bienes del tutelado, reuniones efectuadas con los representantes legales de los interventores e informó de la consignación de la fianza. Además presentó para la consideración del TPI varios documentos, entre ellos un Acta de Aceptación del Cargo de Tutora juramentada ante notario, y solicitó al Tribunal que diera por cumplidas sus órdenes.

Aparecen además en los autos un Estado de Bienes Gananciales y un Estado de Bienes Privativos, ambos al 31 de julio de 2012, así como una Declaración Jurada de la tutora suscrita el 12 de septiembre de 2012, que acreditó la veracidad de la información que contenían dichos estados.

El 21 de septiembre de 2012, notificado el 27 de ese mes y año, el TPI dictó una orden mediante la cual tomó conocimiento de la consignación de la fianza y ordenó a los interventores y a la Procuradora que se expresaran en veinte (20) días sobre la Moción Informando Gestiones Realizadas. En otras dos órdenes separadas, pero dictadas y notificadas en idénticas fechas, el TPI se dio por enterado de los Estados al 31 de julio de 2012; y tomó conocimiento del Acta de Aceptación del Cargo de Tutora y de la Declaración Jurada.

El 17 de octubre de 2012 el peticionario-interventor presentó una Moción de Prórroga. Solicitó hasta el 1 de noviembre de 2012 para “expresarse en torno a la moción de la parte peticionaria”.

El 31 de octubre de 2012, mediante una moción, la Procuradora de Relaciones de Familia informó que la Moción Informando Gestiones Realizadas en Cumplimiento con las Ordenes del Tribunal y Sometiendo Documentos cumplía con las órdenes del Tribunal.

El 28 de septiembre de 2012 el TPI emitió una Carta de Tutela para certificar el nombramiento de la Sra. Paredes Despradel como tutora. De este acto se archivó en autos copia de su notificación el 5 de noviembre de 2012.

El 12 de noviembre de 2012, notificado el 29 de ese mes y año, el TPI declaró con lugar la Moción de Prórroga y aprobó el inventario de bienes que presentó la tutora. El 30 de noviembre de 2012 el Tribunal dictó una Carta de Tutela Enmendada que...

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