Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2014, número de resolución KLAN201400773

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400773
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014

LEXTA20140528-015 Flores v. Pagan Piñero

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS Y HUMACAO

Panel IX

ANA ELISA FLORES
Apelante
V.
VÍCTOR MANUEL PAGÁN PIÑERO
Apelado
KLAN201400773 APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil. Núm. EMN2013000002 Sobre: Nulidad de Matrimonio

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Jueza Vicenty Nazario.

Vicenty Nazario, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de mayo de 2014.

I.

Nos encontramos ante un recurso donde la parte compareciente, tal y como es expresado en el escrito, es la Sra. Ana Elisa Flores, quien falleció el día 18 de diciembre de 2013. En dicho recurso se solicita que revisemos y revoquemos una Sentencia emitida el 19 de diciembre de 2013 y notificada el 14 de febrero de 2014 por la Sala Superior de Caguas del Tribunal de Primera Instancia (TPI). En el aludido dictamen el TPI procedió con la desestimación y el archivo de la demanda de epígrafe, ya que al tomar conocimiento del fallecimiento de la parte demandante, desestimó la causa de acción. Luego de examinar con detenimiento el tracto procesal del caso, desestimamos el recurso por falta de justiciabilidad. Veamos.

II.

La Sra. Ana Elisa Flores presentó una causa de acción sobre divorcio y nulidad de segundo matrimonio el 1 de mayo de 2013. En dicha causa de acción demandó a su todavía esposo el Sr. Víctor Manuel Pagán Piñero y a la Sra.

Carmen Piñero Sánchez, quien había contraído matrimonio con éste.

Posteriormente, el 9 de julio de 2013 se presentó una enmienda a la demanda eliminando la causa de acción sobre divorcio, subsistiendo la causa de acción sobre nulidad de matrimonio1.

Luego de varios trámites procesales, se señaló por el foro primario una vista para el 19 de diciembre de 2013. En dicha vista, el representante legal de la demandante informó al tribunal que la Sra. Flores había fallecido el día antes, es decir el 18 de diciembre de 2013. A tenor con lo alegado en el recurso, la representación legal de la fallecida solicitó en corte abierta la sustitución de la parte demandante por sus dos hijos Eileen y Víctor de apellidos Pagán Flores2.

Dicha solicitud fue denegada en corte abierta y el TPI desestimó la causa de acción emitiendo una sentencia el 19 de diciembre de 2013, notificada el 14 de febrero de 2014.

Previo a que dicha sentencia fuera notificada, la representación legal presentó una moción de reconsideración el 9 de enero de 2014.3 En dicha moción consta como compareciente la Sra. Flores, quien ya había fallecido. A raíz de una...

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