Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2014, número de resolución KLRA201400385

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400385
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2014

LEXTA20140528-030 Ex Oficial Correccional Fernández Gonzalez v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN-GUAYAMA

PANEL I

EX OFICIAL CORRECCIONAL RAMÓN FERNÁNDEZ GONZÁLEZ
Recurrente
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurrido
KLRA201400385
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Comisión de Investigación, Procedimiento y Apelación CASO NÚM.: 12-AC-67 SOBRE: DESTITUCIÓN

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 28 de mayo de 2014.

El señor Ramón Fernández González nos solicita que revisemos y revoquemos la determinación de la Comisión de Investigación, Procesamiento y Apelación (CIPA) que confirmó su destitución del puesto de oficial de custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación1, decretada previamente por el Secretario de ese departamento.

Luego de evaluar los méritos del recurso de revisión judicial resolvemos confirmar la resolución recurrida.

Veamos los antecedentes fácticos y procesales y las normas de derecho que fundamentan esta determinación.

I.

La Oficina de auditoría cibernética digital del Departamento de Corrección y Rehabilitación realizó un estudio digital al disco duro de la computadora que dicha agencia le asignó al señor Fernández para el desempeño de sus labores oficiales. Según se desprende de los documentos anejados al recurso ante nuestra consideración, la computadora que usaba el señor Fernández para trabajar era una “desktop” modelo Hewlett Packard con el número de serie MXL5430344. El patrono le asignó al señor Fernández el nombre de usuario “rafgonzalez”, con el propósito de identificarlo como usuario al entrar al “network” de la agencia y para que el uso que le diera el recurrente pudiera asociarse fácilmente a su persona. A esta computadora se le asignó el número IP 172.16.56.144.2

El 28 de enero de 2010, mediante comunicación escrita, el Secretario del Departamento de Corrección notificó al señor Fernández la destituyó de su empleo. Esta medida disciplinaria le fue impuesta luego de que la agencia realizara una auditoría de la información contenida en el disco duro de la computadora asignada al señor Fernández. Como fundamentos para su destitución, el Secretario señaló lo siguiente:

Desde el 11 de octubre hasta el 29 de noviembre de 2009, usted durante horas laborables utilizó la computadora Modelo Optiplex 740, Marca Dell, Número de Propiedad 82039, Número de Serie Mxl54303441, para llevar a cabo funciones y/o diligencias para beneficio personal, no relacionadas con las funciones y deberes de su puesto, ni con los intereses de la agencia para la cual labora, entre estas, accesar (sic) a diversas páginas de la Internet de contenido sexual (mujeres desnudas en actos y/o poses sexuales). [...]

(Énfasis nuestro).

El Secretario le notificó al recurrente que, por tales actos, incurrió en la infracción del Artículo VI, incisos 5 y 13 del “Reglamento interno sobre normas y procedimientos sobre el uso de los sistemas electrónicos”, así como el artículo 3.2, inciso (c) de la Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y el Artículo 8, inciso (c) del “Reglamento de ética gubernamental”. En esa comunicación se le advirtió al recurrente de su derecho a solicitar una vista administrativa informal ante el Secretario.

Celebrada la vista informal, el Secretario determinó probados los hechos relatados y le confirmó...

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