Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2014, número de resolución KLAN201400553

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400553
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2014

LEXTA20140529-008 Firstbank PR v. American Parking Systems

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL II

FIRSTBANK PUERTO RICO
Apelado
V.
AMERICAN PARKING SYSTEM, INC.
Apelantes
KLAN201400553 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Desahucio Sumario Caso Núm.: KPE2014-0557

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, la Jueza Carlos Cabrera y el Juez Rodríguez Casillas.

Rodríguez Casillas, Roberto, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2014.

El 7 de abril de 2014 American Parking Systems (en adelante, la parte apelante) acudió ante nos para solicitar la revisión de la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan.1

Luego de examinar el recurso presentado y los escritos de las partes, se desestima por los fundamentos que exponemos a continuación.

-I-

El trayecto procesal que trae ante nuestra consideración el presente recurso, es el siguiente.

El 27 de marzo de 2014 se emitió la sentencia apelada mediante la cual el tribunal de instancia declaró ha Lugar la demanda de desahucio presentada por Firstbank Puerto Rico (en adelante la parte apelada). Allí, ordenó a la parte apelante el desalojo del estacionamiento ubicado en la Avenida Ponce de León 1519 en Santurce, el cual es propiedad de la parte apelada. Además, ordenó el pago de las costas y de mil ($1,000.00) dólares en concepto de honorarios de abogado.

El foro de instancia determinó como hechos probados, que el 9 de abril de 2013 las partes otorgaron un contrato de concesión y operación de estacionamiento por un término de seis (6) meses que vencían el 1 de octubre de 2013.2 Conforme con sus propias cláusulas y términos, dicho contrato venció. Sin embargo, conforme a lo estipulado en el mismo, fue renovado mes a mes hasta que un tiempo después, la parte apelada decidió no continuar con renovación.3 Por tal razón, presentó una demanda de desahucio el 6 de marzo de 2014, toda vez que la parte apelante continuaba operando el estacionamiento en contra de su expresa voluntad.

Por tratarse de una sentencia de desahucio y antes de acudir a este foro apelativo, el 4 de abril de 2014 la parte apelante presentó ante el Tribunal de Primera Instancia un escrito intitulado: Escrito para Consignar Pago de Fianza para Apelar. Efectivamente, el 7 de abril de 2014 fue...

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