Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Mayo de 2014, número de resolución KLAN201300537

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300537
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2014

LEXTA20140530-043 Varela Alfonso v. Spanish Broadcasting System

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VIII

MARÍA CRISTINA VARELA ALFONSO
Apelante
v.
SPANISH BROADCASTING SYSTEM (SBS) OF PR INC.
Apeladas
KLAN201300537
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm. J PE2012-0305

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, el Juez Hernández Serrano y la Jueza Birriel Cardona.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2014.

Comparece la señora María Cristina Varela Alfonso (señora Varela Alfonso o la apelante) y solicita la revocación de la Sentencia Sumaria emitida el 11 de marzo de 2013 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI), notificada el 13 de marzo del mismo año. Mediante la referida Sentencia el TPI desestimó sumariamente la reclamación de despido injustificado presentada por la apelante contra Spanish Broadcasting System (SBS) of PR Inc. (SBS o la apelada).

Por los fundamentos que exponemos a continuación, confirmamos la Sentencia Sumaria apelada.

I.

SBS es una compañía que hace negocios en la industria de los medios de comunicación y entretenimiento. Opera cinco (5) estaciones de radio (Zeta 93, La Mega, Estereotempo, Ritmo 96 y la Nueva 94) y una estación de televisión en Puerto Rico (Mega TV). La señora Varela Alfonso comenzó a trabajar con SBS el 25 de enero de 2005, tras haber trabajado con varias compañías antecesoras de la apelada. La responsabilidad principal de la señora Varela Alfonso como representante de ventas era vender anuncios en las estaciones de radio de SBS.

Fue supervisada en el año 2005 por las señoras Yolanda Nieves, Madeline Muñiz (Supervisora de la Región de Ponce), Bianca Díaz (Gerente de Ventas), y Lourdes Pagán (sucesora de la señora Muñiz como Supervisora de la Región de Ponce).

El 2 de diciembre de 2005 la señora Varela Alfonso recibió amonestación escrita por incumplimiento con las directrices y horarios de oficina de SBS. En particular, la apelante fue amonestada por negarse a reunirse con su entonces supervisora, la señora Bianca Díaz. La señora Varela no contestó ni objetó dicha amonestación.

El 11 de enero de 2006 la apelante recibió una amonestación escrita por un incidente de insubordinación que consistió en llamar a un cliente para obtener una invitación a una actividad, ello sin la autorización ni el consentimiento de la dirección de SBS. El 22 de junio de 2006 la señora Varela Alfonso recibió otra amonestación escrita y fue suspendida de su empleo por una semana tras un incidente de agresión con su supervisora, la señora Madeline Muñiz durante horas laborables, en los predios e la compañía y en presencia de otros empleados. Posteriormente la apelante y su supervisora continuaron protagonizando incidentes por lo que SBS les emitió advertencia mediante documento titulado Compromiso de Última Oportunidad el cual fue firmado por ambas empleadas.

El 14 de septiembre de 2007 la señora Varela Alfonso recibió amonestación escrita por incumplir con los procesos requeridos por SBS referente al Certificado de Registro de Comerciantes. El incumplimiento consistió en negarse a entregar estos certificados actualizados de sus clientes. El 5 de septiembre de 2007 SBS emitió otra amonestación a la apelante referente al incumplimiento con los certificados toda vez que ello expuso a la apelada a multas del gobierno.

La apelante comenzó a tener problemas con su nueva supervisora, la señora Lourdes Pagán, por lo que SBS contrató los servicios de una profesional independiente en área de recursos humanos para que realizara una investigación. Tras los hallazgos realizados en la aludida investigación, el 14 de octubre de 2011, SBS despidió a la apelante. El 15 de mayo de 2012 la señora Varela Alfonso presentó querella contra la apelada por despido injustificado al amparo de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, (Ley Núm. 80) y solicitó la indemnización provista por concepto de mesada.

El 29 de mayo de 2012 SBS presentó Contestación a la Querella en la que negó haber despedido injustificadamente a la apelante. Como defensas afirmativas SBS sostuvo que la señora Varela Alfonso incurrió en un patrón de conducta impropia e impermisible, de dejadez en el cumplimiento de sus responsabilidades y pobre desempeño en su empleo por varios años, sin que ésta corrigiese el mismo. SBS sostuvo además, que al momento del despido a la apelante ya se le había suspendido del empleo y se había emitido un aviso de última oportunidad por la conducta incurrida, que incluyó un incidente de agresión con una de sus supervisoras en el que hubo intercambio de insultos y empujones durante horas laborables en los predios de la empresa.

El 18 de julio de 2012 SBS le tomó deposición a la apelante. El 17 de septiembre de 2012 las partes presentaron su Informe de Conferencia con Antelación al Juicio en el que estipularon hechos y documentos y acreditaron haber llevado a cabo y concluido el descubrimiento de prueba. El 7 de diciembre de 2012 ambas partes presentaron sus respectivas solicitudes de sentencia sumaria. La Solicitud para que se Dicte Sentencia Sumariamente presentada por SBS se apoyó esencialmente en las admisiones y testimonio de la señora Varela Alfonso en la deposición que se le tomó el 18 de julio de 2012 y en las estipulaciones de hechos y documentos realizadas por las partes en el Informe de Conferencia con Antelación al Juicio.

En esencia SBS expuso en su solicitud de sentencia sumaria lo siguiente; (a) que la apelante trabajó con SBS como Representante de Ventas durante la totalidad de su empleo: (b) que la señora Varela Alfonso tenía conocimiento del Manual de Empleados de SBS y del Código de Conducta; (c) que durante su empleo con SBS y sus compañías antecesoras, la apelante recibió alrededor de ocho amonestaciones escritas; (d) que el 22 de junio de 2006, la señora Valera Alfonso fue suspendida de su empleo por una semana luego de enfrascarse en un incidente de agresión con su supervisora, la señora Madeline Muñiz; (e) que luego de reintegrarse a su empleo la apelante y su supervisora continuaron protagonizando incidentes que provocaron quejas de otros empleados que compartían el área de trabajo con éstas (f) que SBS condujo una investigación y como resultado de ésta, su supervisora fue despedida y a la apelante se le ofreció un Compromiso de Última Oportunidad; (g) que la señora Lourdes Pagán...

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