Sentencia de Tribunal Apelativo de 6 de Junio de 2014, número de resolución KLRA201400456

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400456
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2014

LEXTA20140606-006 García Vega v. Departamento de Corrección y Rehabilitación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA

PANEL ESPECIAL

Daniel García Vega
Recurrente
v.
Departamento de Corrección y
Rehabilitación
Recurrida
KLRA201400456
Revisión administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Resolución de reconsideración GMA-500-14-14 Asunto: Alegada información errónea en su expediente

Panel especial integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Figueroa Cabán y la Juez Lebrón Nieves.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de junio de 2014.

El recurrente Daniel García Vega se encuentra privado de libertad bajo la custodia del Departamento de Corrección en el Centro de Detención Regional de Guayama 500.

Cumple varias condenas que totalizan 69 años de cárcel. El 28 de diciembre de 2013 presentó una solicitud de remedio administrativo. Alegó:

En mi expediente social y criminal hay información errónea y me explicó a continuación: El 20 de diciembre el Comité de Clasificación y Tratamiento se reunió para evaluar plan institucional ese día se me entregó el documento conocido como resolución del Comité de Clasificación y Tratamiento en dicho documento en determinaciones de hechos se señala que el 17 de enero de 1991 yo Daniel García Vega me fugué del Tribunal de Humacao al cual fui supuestamente llevado para el debido proceso

por dos casos de robo lo cual es erróneo porque no me fugue del Tribunal y tampoco se me llevó para el debido proceso de dos casos de robo por lo cual le informé a las personas indicadas de este error a lo cual fue mencionado en el recurso instado en el Tribunal de Apelaciones bajo el número KLRA201300320 y hasta el día de hoy no se ha tomado ningún tipo de acción al respecto. […] solicito que se saque de todo expediente dicha información errónea y que se me lleve al Tribunal de Humacao para resolver dicha sentencia aquí expuesta.

La Evaluadora de la Oficina de Remedios Administrativos respondió:

Informa Sra. Carmen R. Ortiz Rivera Técnica de Servicios Sociopenales esta información se desprende de su expediente criminal y social por tanto se menciona en la resolución de hecho y derecho. Cualquier duda al respecto se discute en cita de seguimiento con la Técnica de Servicios Sociopenales.

García Vega solicitó reconsideración. Insistió en que se corrigiera la información errónea de su expediente. El 28 de mayo de 2014 el Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos confirmó y modificó la respuesta de la Evaluadora de la Oficina de Remedios Administrativos. Específicamente, señaló:

El 20 de marzo de...

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