Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Junio de 2014, número de resolución KLCE201400408

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400408
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución19 de Junio de 2014

LEXTA20140619-008 Iglesias Saustache v. Calderon Felix

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

Región Judicial de San Juan

Panel III

Nayda Lucero Iglesias Saustache
Recurrida
v.
Jeanine Calderón Félix; Jacqueline Blázquez Félix, Fiduciaria del Fideicomiso Calderón Félix I
Peticionarios
KLCE201400408
Certiorari
procedente del
Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan
Caso núm.
K AC2011-0616
Sobre:
Cobro de dinero e incumplimiento contractual

Panel integrado por su Presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa.

Steidel Figueroa, Juez Ponente

Sentencia

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de junio de 2014.

Jeanine Calderón Félix [en adelante, “Calderón Félix” o “la peticionaria”] nos solicita mediante petición de certiorari que revisemos una orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan [en adelante, “TPI”], para asegurar la efectividad de la sentencia que podría en su día emitirse en el pleito de epígrafe. Examinados los argumentos de las partes, expedimos el auto de certiorari solicitado para modificar y confirmar la orden recurrida.

-I-

Nayda L. Iglesias Sustache [en adelante, “Iglesias Saustache” o “la recurrida”], instó una reclamación judicial contra Calderón Félix para reclamar el pago de $277,802.34, correspondientes al 50% de una cuenta de ahorros para el retiro (PMA Retirement Saving Plan), administrada por el bufete de abogados Pietrantoni, Méndez & Álvarez. Alegó que el dinero le pertenecía por razón de un acuerdo con su exesposo, Tcherine Andújar Figueroa, para dividir la comunidad de bienes postganancial surgida tras el divorcio de la pareja, el cual constaba por escrito. Según sus alegaciones, el 27 de septiembre de 2004 los activos del plan de retiro en cuestión ascendían a $555,604.67, y aunque suscribió el acuerdo en esa fecha, el dinero permaneció en su totalidad en la referida cuenta.

En la demanda también alegó que tras el fallecimiento de su excónyuge solicitó al administrador del plan que le entregara su participación que al 31 de agosto de 2009 consistía en $278,196.37. El administrador se negó a entregar el dinero por considerar que debía entregar los fondos a la entonces viuda, la aquí peticionaria Calderón Félix. Luego de ello, según la demanda, “en aras de lograr una distribución rápida del dinero, las partes llegaron a un acuerdo verbal que consistía en que la demandada Jeanine Calderón retiraría los fondos del plan de PMA y le entregaría la porción correspondiente a la demandante”1. Posteriormente, el administrador del plan de retiro entregó la totalidad del dinero a Calderón Félix, a quien Iglesias Saustache solicitó, según se alegó sin éxito alguno, la entrega de la parte del dinero que reclama.

Trabado el pleito en el TPI, Iglesias Saustache solicitó al foro de instancia que emitiera, sin vista previa y sin prestar fianza, una orden de prohibición de enajenar en aseguramiento de sentencia de conformidad con la Regla 56.4 de las de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A.

Ap. V., R. 56.4. En específico, solicitó al foro de instancia que prohibiera enajenar el dinero depositado por Calderón Félix en varias instituciones financieras. El TPI emitió la orden solicitada, la que fue dirigida a las siguientes instituciones bancarias: UBS Financial Services, Inc., como custodio de dos cuentas, una a nombre de Jeanine Calderón Félix y otra a nombre del Fideicomiso Calderón Félix Inc.; y a Universal Life Insurance, Inc. Una posterior solicitud de Calderón Félix para que la orden se dejara sin efecto fue denegada. Ante una petición de reconsideración el TPI reiteró su determinación. Entonces, Calderón Félix acudió ante este foro e imputó los siguientes cinco errores:

  1. Erró el TPI al no celebrar una vista evidenciaria.

  2. Erró el TPI al no considerar que Calderón Félix impugnó la validez de la designación de beneficiario ni permitirle presentar evidencia al respecto.

  3. Erró el TPI al no considerar que calderón Félix impugnó la validez de la estipulación sobre división de bienes gananciales, por lo que Iglesias Saustache no cumplió con el requisito de demostrar un interés propietario para eximirse de vista y fianza.

  4. Erró el TPI al no considerar que la orden de prohibición de enajenar continúa siendo excesiva en cuanto a la prohibición de enajenar bines en exceso de la totalidad reclamada en la segunda demanda enmendada.

  5. Erró el TPI al no considerar que la orden se excedió del ámbito permisible por la Regla 56.4 al abarcar fondos fuera del patrimonio de calderón Félix, porque pertenecen al Fideicomiso Calderón Félix I.

-II-

La regla 56.1 de las de Procedimiento Civil faculta a un tribunal a emitir,[e]n todo pleito antes o...

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