Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Junio de 2014, número de resolución KLAN201200889

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200889
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Junio de 2014

LEXTA20140620-002 Pueblo de PR v. Ramos Colon

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL X

PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado JOSÉ ANTONIO RAMOS COLÓN Apelante
KLAN201200889
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm: EIC2011G0028 Y EIC2011G0029

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Carlos Cabrera y la Juez Nieves Figueroa.

Nieves Figueroa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de junio de 2014.

Comparece, mediante recurso de apelación, el señor José Antonio Ramos Colón (en adelante “señor Ramos Colón” o “apelante”) Solicita la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (en adelante “TPI”), en la que se le encontró culpable de dos cargos por infracción al Artículo 122 del Código Penal.

Examinados los escritos presentados, así como la transcripción de la prueba oral y el derecho aplicable, acordamos confirmar la Sentencia apelada.

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que el 28 de abril de 2011, el TPI encontró causa para arresto contra el apelante por dos cargos por infracción al Artículo 122 del Código Penal. Según las Denuncias, el apelante, allá para el 19 de abril de 2011 había rociado con gas pimienta los rostros de los menores Michael M. Rivera Méndez y Brandon Luis Figueroa Rodríguez, quienes requirieron atención por parte de un oftalmólogo. Por los hechos alegados se presentaron también las correspondientes acusaciones y el TPI se dispuso a celebrar juicio, comenzando con una vista de supresión sobre la identificación del acusado.

El primer testigo de cargo fue el joven Derick Negrón Colón (en adelante “Derick”). Derick se identificó como un joven de 15 años, residente del pueblo de Cidra y se encontraba cursando el décimo grado de escuela superior. Declaró que el 19 de abril de 2011 se encontraba en su casa con unas amistades y luego fueron a la plaza, donde se encontraban “grabando”. Según él, se encontraban allí “Brandon, Michael, Giovanne y Mickey”.1 Testificó que llegaron a la plaza a eso de las 3:30 P.M. y se encontraban allí

“los señores que siempre están jugando dómino”, “una muchacha que estaba pasando y gente que a veces pasa por allí”.2 Según el testigo, Michael y Brandon comenzaron a jugar a la lucha libre, mientras él los grababa con su iPod.3 Según el testigo, éste se encontraba a 10 o 12 pies de distancia de los menores que se encontraban jugando “a la lucha libre”. Acto seguido, Derick explicó que en eso le echaron aerosol a sus amigos.

El Ministerio Público hizo constar que el testigo había señalado al apelante y le preguntó al joven cómo podía reconocerlo. El joven respondió que había visto al apelante tres o cuatro veces “porque él es el guardia de la plaza”.4 El menor explicó entonces en detalle la ruta que tomaba todos los días para ir de la escuela a su casa cuando, según él, veía al apelante.5

Describió al apelante como “alto, medio blanquito y [con]

espejuelos." Declaró que no tiene “ninguna” dificultad para identificar al apelante y que el día del incidente lo miró por espacio de tres a cinco minutos. Explicó que primero lo vio cuando se sentaron en los bancos y luego lo vio cuando empezó a grabar. Posteriormente también lo vio caminando hacia sus amigos.6 Indicó que al terminar de grabar se quedó mirando para descubrir quién les había echado aerosol a sus amigos y reiteró que había sido el apelante. Indicó que abandonó la plaza inmediatamente luego del incidente.7

Dio entonces inicio el contrainterrogatorio de Derick. El testigo reiteró su versión de los hechos cuando la Defensa le preguntó si cuando él conoce a una persona “de vista” sabía su nombre y apellido. El joven le contestó que conoce al apelante “de vista”. Indicó que no había muchos policías en los alrededores y que no había policías municipales en la plaza.8 La Defensa también le preguntó al joven si había otro policía con la misma descripción de alto, delgado, blanco y espejuelos. El joven contestó que no y explicó que el día de los hechos no fue al cuartel pero que sí fue posteriormente.9 Más adelante se le preguntó el testigo si recordaba quién lo había entrevistado cuando acudió al Cuartel, respondiendo el testigo que no recordaba.10 El testigo también reconoció que no recordaba la fecha en la que prestó una declaración jurada.11 Al entregársele la declaración jurada, el testigo reconoció su firma con fecha del 26 de abril de 2011 e indicó que no recordaba si había declarado que había visto al apelante tres o cuatro veces, sino que lo había visto anteriormente.12 También indicó que según la declaración jurada, no recordaba el día que ocurrieron los hechos.13 Ante esa respuesta, la Defensa increpó sobre si alguien le había recordado los hechos al testigo. El joven contestó que no.14 Recordó que durante su estancia en el Cuartel le habían preguntado sobre los hechos. Terminado el testimonio de Derick, el Ministerio Público dio por sometido el asunto de la supresión. Sin embargo, la Defensa solicitó el testimonio de la Agente Wanda Luz Correa Coreano (en adelante “Agente Correa”).

La Agente Correa declaró que allá para el 25 de abril de 2011 se le indicó que se personara a la oficina porque había ocurrido una agresión en el área de Cidra y le había sido asignada la Querella.15 La Agente declaró que se encontraban allí los menores Brandon, Derick y Michael, con sus madres.16 Indicó que lo primero que hizo fue entrevistar a un compañero Agente de apellido Molina, quien se encargó de la investigación preliminarmente.17

La Agente Correa declaró que fue el joven Derick quien tomó el vídeo y que los jóvenes indicaron que había sido el apelante quien había cometido los hechos.18 Indicó que los tres jóvenes habían identificado al “policía de la plaza pública del pueblo de Cidra.”19 Agregó que el joven Derick describió el agresor como un hombre “flaco, alto y que está uniformado […] que […] veía todos los días.”20 Según la testigo, ella corroboró la información con el Libro de Entrada y Salida del Cuartel, así como con el Agente Molina. La Agente indicó que no se realizó una rueda de detenidos ni se utilizaron fotografías.21 Explicó que el apelante fue citado y que compareció, pero “no quiso hablar de los hechos.”22

Durante el contrainterrogatorio, la Agente Correa reiteró que se había identificado al apelante como el policía de la plaza del pueblo de Cidra y que, además, uno de los jóvenes le había indicado que lo había visto anteriormente en la plaza pública cuando iba para la escuela.23 También afirmó la testigo, que Derick no tuvo “ninguna dificultad” para identificar al apelante y que había dicho que fue el apelante quien agredió a los menores desde el primer día de los hechos.24

Sometida la controversia en torno a la confiabilidad de la identificación del apelante, la Defensa argumentó. Subrayó que el testigo no recordaba ciertos hechos siete días después de la ocurrencia, mas durante su testimonio sí recordaba, entre otras cosas. Enfatizó que muchas personas pueden tener la fisionomía del apelante y que muchos policías pasan por la misma plaza. El Ministerio Público, por su parte, argumentó que la identificación debía ser válida a la luz la totalidad de las circunstancias y repasó el testimonio de Negrón Colón. Atendidas las argumentaciones, el TPI sostuvo la identificación.

Luego se sentó a declarar el joven Michael Rivera (en adelante “Michael”), de 13 años de edad. Indicó que él y un grupo de amigos acudieron a la plaza del pueblo de Cidra, la que describió como una redonda, con una fuente en el medio.25 Declaró que el día de los hechos, él y un amigo llamado Brandon decidieron jugar a la lucha libre y que Derick grabaría el juego.26 Según el testimonio, se encontraba allí él, Jomar, Mickey, Derick y Brandon.27 Según Michael, el juego se desarrolló frente a un “banquito”, primero comenzaron parados y luego se tiraron al piso. Todo el juego duró uno o dos minutos.28

Michael explicó que, mientras estaba en el piso, sintió un aerosol en la cara y un ardor muy fuerte, por lo que se paró desesperado y se limpió con la camisa.29 Relató que cuando abrió los ojos vio a Brandon llorando y acudieron a una barbería cercana a la plaza. Indicó que Brandon aparentaba tener mucho ardor y que sus amigos lo socorrieron.30 Más tarde, Michael explicó que él y Brandon se encontraron con una mujer mayor a quien le pidieron leche para untársela en la cara y aliviar el ardor.31 Según Michael, estuvieron en casa de la señora de 10 a 20 minutos.32 En eso llegó el hermano de Brandon a la casa de la mujer y el testigo explicó que decidió irse a su casa.33

Preguntado sobre quién los había rociado, Michael indicó que él estaba mirando a Brandon y que no vio quien fue.34 Agregó que antes de llegar a su casa se quitó la camisa pues el gas pimienta que tenía la misma se estaba regando por todo el cuerpo.35 Explicó que al llegar a su casa se encontró allí con su cuñada y su madre y que unos minutos más tarde llegó el Agente Molina quien le aconsejó que se untara “sanitizer”

pues ello aminoraría el dolor.36 Indicó que no se echó el “sanitizer”, pero que su mamá le dio una pastilla llamada Zyrtec para aliviar el picor y que una hora después de la agresión todavía sentía picor y dolor que se extendía a su área genital. La incomodidad en esa área particular se extendió durante dos días. 37

Relató que unos días después fue llevado al oftalmólogo. Explicó que fue al oftalmólogo porque no veía bien y tenía los ojos amarillentos. Preguntado sobre por qué no fue al oftalmólogo antes, explicó que en esos días se le había muerto un hermano, hijo de su madre, lo que mantenía a esta muy deprimida.38

Michael indicó que en el oftalmólogo le mostraron “unas letras” y le recetaron “algo” que no recuerda.39 Indicó que la molestia tardó en desaparecer una semana.40 La Defensa optó por no contrainterrogar a Michael y así, comenzó...

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