Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Junio de 2014, número de resolución KLCE201400211

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400211
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución20 de Junio de 2014

LEXTA20140620-017 Rivera Gonzalez v. Caguas Military Academy Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS Y UTUADO

PANEL XI

LUZ SELENIA RIVERA GONZÁLEZ
Querellante - Recurrida
V.
CAGUAS MILITARY ACADEMY, INC. Y OTROS
Peticionarios
KLCE201400211
KLCE201400317
KLCE201400359
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Civil Núm.: E PE2013-0116 Sobre: Despido Injustificado, Ley Núm. 2, Procedimiento Sumario, Ley 80
LUZ SELENIA RIVERA GONZÁLEZ
Querellante - Recurrida
V.
CAGUAS MILITARY ACADEMY, INC. Y OTROS
Querellados
V.
ADLER GROUP, INC.
Peticionarios
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Civil Núm.: E PE2013-0116 Sobre: Despido Injustificado, Ley Núm. 80 del 30 de Mayo de 1996, según Enmendada; Procedimiento Sumario Ley Núm. 2 del 17 de octubre de 1961, según enmendada
LUZ SELENIA RIVERA GONZÁLEZ
Querellante - Recurrida
V.
CAGUAS MILITARY ACADEMY, INC. Y OTROS
Querellados - Peticionarios
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Caso Civil Núm.: E PE2013-0116 (612) E PE2013-0117 (612) Sobre: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Jueza Vicenty Nazario.

Per Curiam

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de junio de 2014.

I.

Mediante los recursos consolidados del epígrafe comparecieron ante nosotros Eric Álvarez Menéndez, por sí y en representación de la sociedad legal de bienes gananciales constituida con su esposa, Jane Doe, Adler Group Inc. y Caguas Military Academy (los peticionarios) en solicitud de la revisión de la misma sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (Instancia, foro primario o recurrido), la cual fue emitida el 28 de enero de 2014. En dicha sentencia, dictada en rebeldía, se condenó a los peticionarios a pagar a la demandante aquí recurrida, Luz Selenia Rivera González (señora Rivera o recurrida) la cantidad de $31,659.96 en concepto de mesada por despido injustificado además de $4,748.99 de honorarios de abogado, más las costas y los gastos del proceso.

II.

La Sra. Luz Selenia Rivera presentó una querella por despido injustificado en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas el 18 de junio de 2013 al amparo de las disposiciones de la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, (procedimiento sumario) en reclamo del pago de mesada, remedio único que provee la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada. Se le asignó el caso el número E PE 2013-116. Indicó en su reclamación que trabajó en Caguas Military Academy en Gurabo, Puerto Rico, como maestra de español desde septiembre de 1988 hasta el 31 de mayo de 2013, cuando fue despedida sin razón justificada.

Al momento de su despido adujo que percibía como salario la cantidad quincenal de $699.97, equivalente a una suma mensual de $1,399.94, por lo que el pago de mesada correspondiente ascendía a $ 31,659.96. Calculó dicha suma a base de los 15 años de servicio, equivalentes a 6 meses de sueldo, y luego 3 semanas por cada año de servicio en exceso de los 15 años (hasta llegar a los 24 años de servicio). Reclamó también el pago de honorarios de abogado, las costas y gastos del proceso. En su querella le imputó responsabilidad solidaria a Caguas Military Academy Inc, Adler Group, Inc., José Torres y Mary Doe así como a la sociedad legal de gananciales por ellos constituida, Eric Álvarez Menéndez y Jane Doe y la sociedad legal de gananciales por ellos constituida.

Los emplazamientos fueron expedidos. En ellos se apercibía de la obligación de notificar la contestación a querella dentro de los 10 días siguientes a su diligenciamiento (o 15, si se efectuaba fuera del distrito judicial en donde se promovió la acción) pues de no hacerlo se dictaría sentencia en su contra, concediendo los remedios solicitados sin más citarlos u oírlos. Caguas Military Academy Inc., Adler Group Inc., y José Torres, por sí y en representación de la sociedad legal de gananciales...

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