Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Junio de 2014, número de resolución KLAN2014-00756

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2014-00756
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Junio de 2014

LEXTA20140627-020 Lasalle Velásquez v. ExParte

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA-AIBONITO

PANEL X

Uriel Lasalle Velázquez, Mónica Ramos Jiménez
Peticionarios
Ex Parte
KLAN2014-00756
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Aguadilla Caso Núm.: A JV2013-0084 Sobre: Expediente de Dominio

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez.

El Juez Rivera Colón no interviene.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de junio de 2014.

-I-

Los apelantes Uriel Lasalle Velázquez y Mónica Ramos Jiménez instaron el presente procedimiento sobre expediente de dominio ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla. Los apelantes solicitaron la inscripción de un predio de terreno ubicado en el Barrio Capá de Moca, el que colinda con facilidades deportivas que pertenecen a dicho municipio. El predio cuya inscripción se solicita también colinda con las propiedades de las dos parejas apeladas, los esposos Pelegrín Lasalle Vázquez y Ruti Méndez Méndez, y Herminio Lasalle Vázquez y su esposa María Zapata.

Oportunamente, tanto el municipio de Moca como los apelados comparecieron al Tribunal de Primera Instancia en oposición al expediente de dominio. Los opositores reclamaron que en el expediente se incluían terrenos que les pertenecían a ellos.

Luego de otros trámites, el 4 de marzo de 2014, el Tribunal emitió la resolución aquí apelada, en la que ordenó el archivo sin perjuicio de la solicitud de expediente de dominio, e instruyó a los apelantes a presentar un procedimiento ordinario separado. El Tribunal señaló que estaba actuando de conformidad con una orden administrativa emitida el 19 de octubre de 2009 por la Jueza Administradora de la Región Judicial de Aguadilla.1

Los apelantes y los esposos apelados presentaron una oportuna solicitud de reconsideración, que fue denegada por el Tribunal de Primera Instancia el 21 de marzo de 2014.

Insatisfechos, los apelantes acudieron ante este Tribunal.

-II-

En su recurso, los apelantes plantean que el Tribunal de Primera Instancia erró al ordenar el archivo del procedimiento.

La Ley Hipotecaria establece un proceso para la inmatriculación de fincas no inscritas en el Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. secs. 2761-2769. El trámite conlleva la presentación de una petición...

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