Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2014, número de resolución KLCE201400380

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400380
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Junio de 2014

LEXTA20140630-113 Vazquez Caballery v. Secretario del DTOP

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN Y GUAYAMA

PANEL I

LORNA VÁZQUEZ CABALLERY
Peticionaria
v.
SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
(AGENTE OLIVO 36682)
Recurrido
KLCE201400380
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan CIVIL NÚM.: K AC2013-9188 SOBRE: Revisión de Boleto 31149671

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Jueza Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio

de 2014.

Comparece ante nos la señora Lorna Vázquez Caballery (señora Vázquez), quien nos solicita revisar, mediante recurso de apelación acogido como certiorari, la resolución emitida el por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de San Juan, en el caso número K2AC2013-9187. Mediante la resolución recurrida el foro inferior declaró no ha lugar una solicitud sobre revisión por falta administrativa bajo la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico. A continuación exponemos un resumen de los eventos procesales del caso.

I.

El 10 de octubre de 2013 la Policía de San Juan expidió una multa de $250.00 contra la peticionaria, por alegadamente haber rebasado un semáforo en luz roja. Inconforme con ello, el 6 de noviembre de 2013 la señora Vázquez presentó ante el TPI un recurso de revisión por falta administrativa de tránsito en el cual expuso lo siguiente:

No estoy de acuerdo porque yo estaba en un cruce y no me i[b]a a quedar en el medio y las luces cambian rápido en esa intersección.

Apéndice, pág. 7.

Posteriormente, el 20 de noviembre de 2013 se celebró la vista de impugnación del boleto de tránsito. El agente que expidió el boleto no compareció ni se excusó, a pesar de haber sido citado. Durante la vista, el tribunal llamó todos los casos en los cuales el representante del Estado no había comparecido, tomó juramento a las personas que solicitaron revisión y se le cuestionó a cada uno la razón de la multa impuesta. Durante el turno de la señora Vázquez, ocurrió lo siguiente:

Vázquez: Buenas tardes.

Jueza: Buenas.

Vázquez: Llegué a la inter[sección], la luz estaba verde, yo la pasé, y el guardia me pone como que la luz estaba roja.

Jueza: ¿En qué usted estriba que hay la confusión?, si la luz estaba...

Vázquez: ¿Cómo?

Jueza: ¿En qu[é] usted entiende que estriba la confusión de que un policía le dé un ticket por una luz cuando estaba verde?

Vázquez: Cuando yo pasé la inter[sección] estaba verde, ya cuando voy por la mitad se pone amarilla, y ahí tengo que... O sea, paso y parece que él dice que estaba roja.

Yo no me voy a quedar en el mismo medio, si ya estaba metida allá en la intersección, que había pasado porque estaba verde.

Jueza: Algo más.

Vázquez: No.

Jueza: Eso sería todo. Puede retirarse.

Pág. 1-2, Transcripción.

Así las cosas, el mismo día de la vista el TPI declaró No Ha Lugar la revisión judicial del boleto de tránsito sometida por la peticionaria. Se archivó en autos copia de la notificación de la resolución el 3 de enero de 2014. El 21 de enero de 2014 la señora Vázquez interpuso una solicitud de reconsideración, que también fue denegada, y se archivó en...

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