Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Julio de 2014, número de resolución KLAN201200784

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200784
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Julio de 2014

LEXTA20140711-005 Unlimited Security v. SMG PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

UNLIMITED SECURITY ASSOCIATES,
Apelante
v.
SMG, SMG PUERTO RICO L.P.; COMPAÑIAS ASEGURADORAS XYZ
Apelada
KLAN201200784
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. KAC2006-8341 (507)

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de julio de 2014.

Comparece Unlimited Security Associates, Inc. (Unlimited o el apelante) mediante recurso que titula apelación, presentado el 14 de mayo de 2012. Solicita la revocación de la Sentencia dictada el 9 de abril de 2012, notificada el 13 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). El TPI emite sentencia en la cual desestima la demanda presentada. Sin embargo, el TPI nada dispuso en la referida Sentencia en cuanto a la reconvención instada por SMG y SMG Puerto Rico, L.P. (SMG), sobre incumplimiento de contrato, daños y perjuicios.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, acogemos el recurso como una petición de certiorari; así acogida, expedimos auto de certiorari y revocamos la resolución recurrida.1

I.

Surge del expediente ante nuestra consideración que los hechos e incidentes procesales esenciales y pertinentes para disponer del recurso son los siguientes:

El 20 de diciembre de 2006, Unlimited presenta demanda2 por incumplimiento de contrato contra SMG.

Reclama los daños provocados por la terminación abrupta e inmediata del contrato que obraba entre las partes. La parte demandante (aquí el apelante) reclama la suma de $928,199.00 en concepto de pérdida económica y por los daños ocasionados por el incumplimiento contractual.

Oportunamente, SMG contesta la demanda y presenta reconvención3. Sostiene que ello fue ocasionado por ésta no estar cualificada para contratar a través de SMA con el Estado.

En la reconvención se reclama la suma de $23,596.84 en concepto de gastos legales incurridos en el proceso de cancelación del contrato. Por su parte, Unlimited presenta réplica a la reconvención el 10 de mayo de 2007 en la cual formula ciertas defensas afirmativas4 y solicita la desestimación de la reconvención.

Se celebra en el TPI juicio en su fondo durante seis (6) días, dictándose “sentencia” el 9 de abril de 2012, notificada el 13 de abril del mismo año. El TPI declara No Ha Lugar la demanda presentada por Unlimited y determina que SMG no ha incurrido en incumplimiento de contrato. Específicamente el TPI dispuso lo siguiente:

“En atención a las determinaciones de hecho, conclusiones de derecho y análisis que anteceden, declaramos No Ha Lugar la demanda de epígrafe. Resolvemos que a la luz de la totalidad de la prueba que obra en récord, la parte demandada no incurrió en incumplimiento de contrato según alegado por la demandante. A esos efectos, SMG no actuó de manera negligente en la cancelación del contrato con Unlimited dado a que la demandante proveyó información falsa a una entidad gubernamental durante el procedimiento de licitación para proveerle servicios a un inmueble perteneciente al pueblo de Puerto Rico operado con fondos pertenecientes al gobierno. Adicional a la nulidad en la licitación, el actuar de la demandante violó las garantías requeridas por medio del Contrato de Servicios suscrito con la demandada.”

En atención a lo antes señalado, se...

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