Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Julio de 2014, número de resolución KLCE201400477

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400477
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Julio de 2014

LEXTA20140711-013 Santiago Alvarado v. Torres

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

LUIS R. SANTIAGO ALVARADO Y OTROS
Demandantes
v.
OSCAR TORRES Y OTROS
Demandado-Recurrido
v.
JAN MANAGEMENT GROUP, INC. Y OTROS
Tercero Demandado-Peticionario
KLCE201400477
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil número: J CD2010-1487 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el juez Piñero González, las juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Birriel Cardona, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de julio de 2014.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones, Jan Management Group, Inc. y el Sr. José L. Ríos Torres (la parte peticionaria) mediante recurso de certiorari y nos solicita la revisión de una Resolución Denegatoria de Sentencia Sumaria emitida el 4 de marzo de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (T.P.I.), archivada en autos el 12 de marzo de 2014.

Examinado y atendido el recurso, procedemos a denegar la expedición del auto solicitado al amparo de la Regla 40 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. AP XXII-B, R.40. y se devuelve al foro primario para continuar con los procedimientos según pautados.

-I-

En diciembre de 2010, el Sr. Luis R. Santiago Alvarado et als (Santiago Alvarado), presentó una reclamación en cobro de dinero por la vía ordinaria en contra del Sr. Oscar Torres et als (recurrido). Mediante la misma, Santiago Alvarado alegó que el recurrido le debía $34,938.00 por concepto de un contrato de alquiler de equipo y dinero concedido en préstamo, todo ello en o alrededor de noviembre de 2009.

Luego de varios trámites procesales, el recurrido radicó una demanda contra tercero, en junio de 2011, contra el Sr. Jose Ríos y Jan Management Group (peticionario). En su reclamo alegó que la parte peticionaria había subcontratado al recurrido para el empañetado del Natatorio de Mayagüez y que se había valido de actuaciones engañosas para que el recurrido no pudiera recuperar los costos del trabajo y por consiguiente no ha podido pagarle a Santiago Alvarado.

Así las cosas, la parte peticionaria presentó mociones de sentencia sumaria por separado para la desestimación de la demanda en su totalidad.

Los recurridos se opusieron a la solicitud de sentencia sumaria con una réplica acompañada con la totalidad de la transcripción mediante deposición del demandante. Sobre este particular, el recurrido sostuvo que ninguna de las alegaciones de la parte peticionaria permitía concluir que en el presente caso concurrían las circunstancias que justificasen la sentencia sumaria, que no habían incluido las deposiciones en su totalidad y que las controversia entre las partes erauna material, es una real, es de tal...

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