Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Julio de 2014, número de resolución KLCE201400356

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201400356
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Julio de 2014

LEXTA20140717-007 Scotiabank de PR v. Moreno Mason

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO Y FAJARDO

PANEL XI

SCOTIABANK DE PUERTO RICO
PETICIONARIO
v.
JAMES ANDREW MORENO MASON
RECURRIDO
KLCE201400356 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia de Fajardo Caso Civil Núm.: NSCI201300906 Sobre: ejecución de hipoteca

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de julio de 2014.

El 19 de marzo de 2014 Scotiabank presentó el presente recurso de certiorari. Solicita que revoquemos la Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo (“TPI”) el 6 de febrero de 2014 mediante la cual determinó que sólo procedía en esta reclamación la ejecución de sentencia en cobro de dinero y no la acción de ejecución de hipoteca.1

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se expide el auto de certiorari y se revoca la sentencia recurrida.

I.

En el año 2006 R&G Mortgage (“R&G”) incoó una demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca en contra de los esposos Moreno-Montes. R&G alegó que estos últimos incumplieron con los términos de la obligación hipotecaria al dejar de pagar las mensualidades y declaró vencida en su totalidad la deuda ascendente a $150,950.00. El matrimonio Moreno-Montes era dueño en pleno dominio de un apartamento en el Condominio Castillos del Mar, en el municipio de Ceiba. Estos no contestaron la demanda, por lo que se les anotó la rebeldía.

Posteriormente, R&G solicitó el desistimiento sin perjuicio de la acción de ejecución de hipoteca para continuar únicamente con el cobro de dinero. Lo anterior respondió a que el Registro de la Propiedad aún no había inscrito la hipoteca que garantizaba el pagaré. El 11 de mayo de 2007 el TPI emitió

Sentencia sobre cobro de dinero.2

Declaró Con Lugar la demanda y condenó al matrimonio Moreno-Montes a pagar la cantidad de $145,877.13 de principal adeudado, $6,382.11 en intereses al 7.50%, $527.70 por cargos por demora y la suma de $15,095.00 para costas y honorarios de abogado.3 Tras varios trámites, el TPI emitió una orden de embargo y ejecución sentencia sobre el apartamento del matrimonio Moreno-Montes. Se publicó el correspondiente edicto en el que se advirtió que la primera subasta se celebraría el 6 de diciembre de 2007; la segunda, el 13 de diciembre de 2007 y la tercera, el 20 de diciembre de 2007.

Con posterioridad, Scotiabank sustituyó a R&G conforme a la Regla 22.3 de Procedimiento Civil.4 Arguyó que a la fecha de la moción, el matrimonio Moreno-Montes no había satisfecho en todo ni en parte la sentencia dictada en su contra. Aclaró que anteriormente habían solicitado orden de embargo y ejecución de sentencia por la vía ordinaria, porque el Registro de la Propiedad no había inscrito la hipoteca. Sin embargo, aprovechó la oportunidad para acreditar la inscripción de la hipoteca que gravaba el apartamento del matrimonio Moreno-Montes.5 En consecuencia, Scotiabank solicitó que se le permitiera cobrar su crédito mediante la ejecución de la hipoteca que constaba ya inscrita a su favor. Adujo que el haber desistido de la referida reclamación de ejecución de hipoteca no le impedía ahora ejecutar el gravamen hipotecario en cobro de la sentencia. El TPI declaró la moción de Scotiabank No Ha Lugar el 24 de julio de 2012. Expresó que la ejecución de hipoteca era una acción civil independiente, con existencia propia y ésta había sido desistida.

Así las cosas, Scotiabank presentó una nueva demanda sobre ejecución de hipoteca contra el matrimonio Moreno-Montes el 27 de noviembre de 2013. Solicitó que se emitiera la correspondiente sentencia para que estos pudieran ejecutar la garantía hipotecaria, según ya había sido dictada en la sentencia del 2007, caso NSCI200600512. Además, solicitó emplazar al matrimonio Moreno-Montes por edicto, a lo cual el tribunal respondió...

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