Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Julio de 2014, número de resolución KLRA201400510
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201400510 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Julio de 2014 |
LEXTA20140730-008 Pagan Santos v. Ormaza Woodworking Corp.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ROSA J. PAGÁN SANTOS, WILFREDO LÓPEZ QUILES | KLRA201400510 | Revisión judicial de decisión administrativa procedente del DACO CASO NÚM. SJ0007825 SOBRE: Incumplimiento de contrato y daños |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García y el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Grana Martínez.
Grana Martínez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de julio de 2014.
El 6 de junio de 2014 Carlos Ormaza Woodworking, Corp. (Ormaza) presentó recurso de revisión respecto a la Resolución final emitida el 28 de marzo de 2014 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). En esta Resolución se declaró con lugar la querella incoada por Rosa J. Pagán Santos y Wilfredo López Quiles (Querellantes) contra Ormaza.
Los Querellantes presentaron su alegato en oposición el 7 de julio de 2014, con lo cual quedó perfeccionado el recurso. Por los fundamentos de Derecho que más adelante consignamos, confirmamos la Resolución del DACO.
No existe controversia acerca de los hechos del caso.
El 3 de agosto de 2011, los Querellantes contrataron a Ormaza para diseñar e instalar unos gabinetes de cocina en su residencia sita en la Urbanización Quintas de Campeche en Carolina. El precio pactado fue $11,500. Los Querellantes habían visto trabajos de Ormaza realizados a sus vecinos, por lo cual, decidieron contratarla.
La labor de Ormaza requería un depósito de 50%; además, 25% antes de comenzar la instalación y 25% al finalizar la totalidad del trabajo. Cualquier cambio conllevaba cargos adicionales y cambio en la fecha de entrega. Los Querellantes depositaron $5,750. La instalación debía comenzar el 15 de noviembre de 2011.
Así, Ormaza se comprometió a fabricar unos gabinetes con las siguientes especificaciones:
§ Gabinetes de cedro de 5/8 de espesor y laminados en su interior con color blanco mate
§ Gabinetes de pared con 11¾ de profundidad y 36 de alto, con dos tablillas ajustables
§ Gabinetes de base a 36 del piso y a 23¾ de profundidad
§ Puertas laminadas en color L514 gloss
§ Goznes escondidos slow-motion
§ Gavetas slow-motion sin tirador con sistema push
§ Dos puertas de cristal y laminado color leche
§ Sistema pull-out
§ Zafacón regular blanco
§ Moldura
§ Topes en cuarzo de ¼ y full backsplash color aw130 Samsung
§ Instalación de fregadero undermount
§ Fregadero doble en acero inoxidable
Apéndice de Ormaza, pág. 2.
A pesar de que los Querellantes solicitaron cambiar el color del tope de la cocina, Ormaza se comprometió a llevar a cabo el trabajo para la misma fecha.
Asimismo, Ormaza garantizó lo siguiente:
§ 3 años en la terminación de madera de todo mueble
§ 1 año en instalación y servicio; incluye descuadre de puertas y muebles desprendidos
§ Todo cambio en trabajo conlleva cargos adicionales y cambio de fecha de instalación
§ No se responsabiliza por daños en plomería y electricidad
§ Se fabrica según pedido y especificaciones
§ Se requiere depósito no reembolsable del 50% del precio
§ Se requiere depósito del 25% del precio antes de comenzar la instalación
§ Terminada la instalación, se saldará el 25% restante
§ No se responsabiliza por medidas provistas por el cliente
§ Todo cliente deberá proveer medidas de equipos; no se responsabiliza por errores de los muebles al momento de la instalación
Íd.
Los Querellantes le pagaron a Ormaza $8,550, lo cual incluye el depósito inicial de $5,750 y el subsiguiente depósito de 25%, $2,800. Luego de comenzados los trabajos, los Querellantes le reclamaron a Ormaza en más de 16 ocasiones acerca de la pobre calidad de los materiales utilizados, el incumplimiento con las especificaciones pactadas, incluso la variación de medidas. Durante los trabajos de Ormaza, los Querellantes tuvieron que improvisar una cocina en la marquesina de su casa, arriesgando su salud.
Por todo lo narrado, los Querellantes paralizaron los trabajos y el 7 de febrero de 2012 presentaron ante el DACO querella sobre incumplimiento de contrato y daños.
Solicitaron la resolución del contrato y la remoción de todo lo instalado, así como daños y honorarios de abogado. Específicamente le imputaron a Ormaza lo siguiente:
§ Gabinete del fregadero descuadrado
§ Tope se instaló descuadrado
§ Tope con borde roto en esquina
§ Backsplash
incorrectamente colocado; aberturas de los receptáculos fuera del área; color distinto al tope
§ Backsplash
del área de la campana de la cocina se instaló en 2 paños en lugar de 1 paño según acordado; está dañado en los bordes
§ Horno ubicado incorrectamente; marco de madera donde debía ir está mal hecho
§ Se colocaron calzos dentro y fuera del gabinete para intentar corregir defectos
§ Madera utilizada es distinta a la calidad acordada
§ Gabinetes fueron ubicados en su totalidad incorrectamente
§ Se tomaron incorrectamente las medidas del gabinete para el microondas
§ Huecos para las mezcladores están mal hechos
Íd., pág. 3.
Como parte del curso investigativo de la querella, el 22 de abril de 2013, el Investigador de Construcción del DACO hizo una inspección del área de trabajo en la casa de los Querellantes. Comparecieron a la inspección todas las partes. Del Informe de Inspección, así como de la totalidad de la prueba, surge lo siguiente:
§ Cambio de color de plancha de cuarzo que se cambió
§ Terminación interior del tope no es la mejor
§ Fregadero no está centralizado
§ Diferencia de color en cuarzo instalado
§ Hueco del horno, hubo cambio en el proceso; cuando se abre la puerta del horno cae en el piso
§ Puerta que se supone entera, unieron 3
§ Blacksplash
del lado opuesto de distinto color
Íd., pág. 4.
Por orden del DACO, el Inspector emitió el 8 de noviembre de 2013 un estimado de los costos de los hallazgos que ascendió a $3,072.63, lo cual se notificó a todas las partes. Este estimado incluyó:
§ Cambio de planchas de cuarzo para lograr...
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