Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Agosto de 2014, número de resolución KLCE201401032

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401032
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 5 de Agosto de 2014

LEXTA20140805-002 Pueblo de PR v. Santos Nieves

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL XII

El Pueblo de Puerto Rico
Recurrido
v
Luis A. Santos Nieves
Peticionarios
KLCE201401032
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Ciales Criminal Núm. 2013-095 Sobre: Art. 3D Ley 154

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.

Rivera Marchand, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de agosto de 2014.

Comparece ante nosotros, el Sr. Luis A. Santos Nieves (señor Santos Nieves o peticionario), y solicita la revocación de una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia el 2 de julio de 2014. La referida resolución declaró no ha lugar una solicitud de arresto del veredicto. Asimismo, el peticionario solicitó una orden en auxilio de jurisdicción para paralizar el acto de lectura de sentencia que está pautado para el 6 de agosto de 2014. Examinado el recurso de certiorari, procedemos a disponer del mismo lo cual torna académica la solicitud de la orden en auxilio de jurisdicción.

Al señor Santos Nieves se le imputó originalmente haber infringido el Art. 7(a) de la Ley Núm. 154-2008, según enmendada, conocida como Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales, 5 L.P.R.A. sec. 1670(a). La denuncia expresó lo siguiente:

El referido imputado arriba mencionado, Luis A. Santos Nieves, allá para la fecha arriba indicada, y en Ciales, Puerto Rico, que forma parte de la jurisdicción del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de Arecibo, ilegal, voluntaria, maliciosa, intencionalmente, a sabiendas y criminalmente, causó la muerte de una perra color marrón con manchas negras, consistentes en que luego de haberla atropellado en dos ocasiones con su vehículo y la perra quedar debajo de éste, el imputado se baja del vehículo, observa a la perra, se monta y le pasa por encima de la cabeza de la perra, causándole la muerte y se marcha del lugar. Demostrando de esta forma malicia premeditada y un grave menosprecio por la vida.

Celebrada la vista preliminar, el Tribunal de Primera Instancia no encontró causa probable para acusar al peticionario por el delito imputado (Maltrato agravado de animales) que era de naturaleza grave. En cambio, el foro de instancia determinó que de los hechos imputados sí existía causa probable para acusar al señor...

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