Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Agosto de 2014, número de resolución KLAN2014-00852

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2014-00852
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Agosto de 2014

LEXTA20140819-008 DJ Universal Contractor Group Corp. v. Irizarry Pagan

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ-AGUADILLA-AIBONITO

PANEL X

DJ Universal Contractor Group Corp., representado por Pedro Alameda Camacho
Apelado
v.
Marcos Irizarry Pagán, et als
Apelante
KLAN2014-00852
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Mayagüez Caso Núm.: ISCI201300024 Sobre: Solicitud de Mandamus

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rivera Colón y el Juez Brau Ramírez. El Juez Rivera Colón no interviene.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de agosto de 2014.

-I-

Se trata de una demanda en cobro de dinero contra el apelante Municipio de Lajas. La parte apelada, la corporación DJ Universal Contractor Group Corp. (“DJ”), reclama el pago de tres contratos con el Municipio. Estos contratos son para obras de construcción que fueron llevadas a cabo en noviembre de 2012. Los contratos fueron suscritos por la saliente administración municipal, luego de que resultase derrotada en las elecciones de ese año.

El Tribunal de Primera Instancia determinó que el Municipio cumplió con todos los requisitos de Ley para incurrir en dichas obligaciones y que fueron debidamente presupuestadas. Véanse, 21 L.P.R.A. secs. 4354, 4359, 4366.

El primer contrato, número 2013-000113, por $142,500.00, consistía en una pista en el Barrio Santa Rosa del pueblo de Lajas. El récord refleja que las obras fueron sustancialmente completadas, y fueron certificadas el 21 de diciembre de 2012, pese a lo cual no se le pagó a la parte apelante. Obra en el récord una certificación suscrita el 10 de febrero de 2012 por el Director de Finanzas del Municipio que refleja la existencia de un balance de $150,000.00 para el pago de dicha obligación.

El segundo contrato, número 2013-000114, por $30,000.00 era para realización de ciertas mejoras a la Casa Alcaldía, consistente en remoción y mejoras a las tuberías sanitarias. Los trabajos fueron sustancialmente completados y certificados el 20 de diciembre de 2012, pero no le fueron pagados a DJ. Obra en el récord una certificación suscrita el 17 de noviembre de 2012 por el Director de Finanzas del Municipio que refleja la existencia de un balance de $100,000.00 para pagar las mejoras, según la ordenanza #56 del Municipio.

El tercer contrato, número 2013-0000115, por...

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