Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Agosto de 2014, número de resolución KLRA201400785

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400785
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014

LEXTA20140826-036 Quiñones Pagan v. Adm. De Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-HUMACAO

PANEL ESPECIAL

RENATO QUIÑONES PAGÁN
Recurrente
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
Recurrido
KLRA201400785
Revisión procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso: B-698-13

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Jueza Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de agosto de 2014.

Comparece por derecho propio el señor Renato Quiñones Pagán (señor Quiñones Pagán o el recurrente), quien se encuentra ingresado en una institución penal, cuando presenta el 31 de julio de 20141

el recurso de revisión judicial de epígrafe.

De los documentos presentados por el señor Quiñones Pagán se desprende con toda claridad que a la fecha de presentación de este recurso, el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección), no había emitido una Decisión Final sobre su solicitud de investigación.

II.

Manifiesta el señor Quiñones Pagán que el 29 de mayo de 2014 presentó ante Corrección Solicitud de Remedio Administrativo. Expuso que el 20 de febrero de 2014 “refirieron el caso B-698-13 a la atención del Administrador Auxiliar en Programas y Servicios, esto es relacionado sobre (su) solicitud de remedio sobre reclamo de pertenencias, la cual (aduce le) dañaron en un registro realizado en la cárcel #501…” Apunta que el propósito de la solicitud de de remedio “es preguntar en qué status se encuentra el referido ante el Administrador Auxiliar de Programas y Servicios”. Véase página 8 del Apéndice del Recurso (Apéndice).

Es el 26 de junio de 2014 cuando el señor Quiñones Pagán recibe Respuesta fechada el 25 de junio de 2014. Consiste dicha Respuesta en lo siguiente: “Informa la Sra.

Digna Cordero de la División de Remedios Administrativas de Nivel Central que la Solicitud de Investigación fue recibida por el OISC el día 18 de marzo de 2014”. Véase pág. 9 del Apéndice.

Insatisfecho con la Respuesta el señor Quiñones Pagán presenta el 7 de julio de 2014 Solicitud de Reconsideración ante Corrección. Sostiene en síntesis, que “nos encontramos en julio de 2014 y no se ha hecho nada”, por lo que se pregunta:¿Cuándo la Oficina de OISC va a empezar la investigación, ya han pasado ó va para 4 meses desde que la solicitud sobre el reclamo de pertenencias fue recibida en la oficina de OICS…”. Véase pág. 10 del Apéndice.

Indica el recurrente que el 23 de julio de 2014 recibe comunicación fechada 15 de julio...

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