Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Septiembre de 2014, número de resolución KLCE201401187
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201401187 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2014 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama Caso Núm.: G AC2013-0031 (307) Sobre: Impugnación de Contrato, Daños y Perjuicios por Incumplimiento, Engaño y Dolo. |
Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Serrano, el Juez Figueroa Cabán, la Juez Cintrón Cintrón y el Juez Rivera Colón. El Juez Rivera Colón no intervino.
Hernández Serrano, Juez Ponente
RESOLUCION
En San Juan, Puerto Rico a 23 de septiembre de 2014.
Comparece ante este tribunal intermedio el Sr. Norberto Correa Ortiz (el señor Correa o peticionario) solicitándonos que revoquemos la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama (TPI) el 6 de agosto de 2014, notificada el 8 de del mismo mes y año. Mediante dicho dictamen, el TPI declaró No Ha Lugar la solicitud del peticionario que a su vez declara sin lugar la Moción Solicitando se Declarase Mal Hecha la Consignación presentada por el codemandado Heriberto Santiago Martínez.
Por los fundamentos que expondremos más adelante, desestimamos el recurso por haber sido presentado prematuramente.
En el presente caso se pretende revisar un dictamen emitido por el TPI el 6 de agosto de 2014. Sin embargo, de un estudio del recurso presentado por los peticionarios se desprende que al momento se encuentra pendiente ante el foro de instancia una Moción de Reconsideración presentada el 15 de agosto de 2014.
La Regla 47 de las de Procedimiento Civil de 2009, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 47, establece, en lo pertinente, lo siguiente:
Regla 47. Reconsideración
La parte adversamente afectada por una orden o resolución del Tribunal de Primera Instancia podrá, dentro del término de cumplimiento estricto de quince (15) días desde la fecha de la notificación de la orden o resolución, presentar una moción de reconsideración de la orden o resolución.
La parte adversamente afectada por una sentencia del Tribunal de...
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