Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2014, número de resolución KLCE201401176

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401176
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014

LEXTA20140930-019 Barrera Rodríguez v. Federal Deposit Insurance Co.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE MAYAGUEZ Y AGUADILLA

PANEL ESPECIAL

Lourmanys Barrera Rodríguez, Jaime Sun Dávila Rodríguez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos.
Recurrida
vs.
Federal Deposit Insurance Corporation; Luisana Rincón, Directora de Recursos Humanos de Westernbank, su esposo fulano de tal y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; William Rivera Rivera, su esposa Marilú Pastrana y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Compañía Matriz A; Compañías de Seguros B, C y D; Personas Naturales E, F y G.
Peticionario
KLCE201401176
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande Sobre: Art. II § 1 y 8, Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Despido Injustificado, Daños Caso Civil Núm.: N 3CI2010-00236

Panel Especial integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Rivera Colón. La Jueza Cintrón Cintrón no interviene.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2014.

Comparecen ante nos el señor William Rivera Rivera (Sr. Rivera Rivera), quien presenta un recurso de petición de certiorari en el cual solicita que se revise una Resolución emitida el 18 de agosto de 2014 y notificada al día siguiente por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande (TPI).

En lo concerniente, en la misma se resolvió lo siguiente:

. . . . . . . .

En este caso no procede dictar sentencia sumaria a favor de la parte demandada pues existen controversias de hechos esenciales y pertinentes sobre elementos de la causa de acción presentada. […] En este caso existen controversias de hechos que van sobre los elementos de la causa de acción que presentó la parte demandante.

Además de las alegaciones surgen controversias de tipo subjetivo, en donde la credibilidad es esencial y se encuentra en disputa, por lo que el Tribunal Supremo ha establecido que este tipo de caso no es aconsejable el uso de la sentencia sumaria. […]

. . . . . . . .

Por todo lo cual se declara NO HA LUGAR a la Moción de Sentencia Sumaria presentada por la parte codemandada y se ordena el traslado a la jurisdicción de Carolina pues los hechos que surgen de la demanda ocurrieron en ese Tribunal. […]

. . . . . . . .

(Véase: Ap., págs. 6-7).

Examinada la petición presentada, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideración, procedemos a denegar la expedición del recurso solicitado.

-I-

El 23 de marzo de 2010 la señora Lourmanys Barrera Rodríguez (Sra.

Barrera Rodríguez) presentó una reclamación mixta ante el TPI contra la hoy extinta institución financiera Westernbank y otros sobre despido injustificado; y contra el Sr. Rivera Rivera, su esposa y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, sobre daños y perjuicios, y en virtud de las secciones uno y ocho del Art. II de la Constitución de Puerto Rico, relativas a la inviolabilidad de la dignidad del ser humano y la proscripción de los ataques abusivos contra la honra y la reputación.

Por solicitud de la Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC), que fungió como síndico al Westernbank cesar sus operaciones, la reclamación fue trasladada al foro federal. El 30 de septiembre de 2012, la corte federal desestimó con perjuicio la demanda contra el FDIC y el 30 de septiembre de 2013 ordenó que la causa se remitiese al foro estatal, ya que en el pleito no se dirimía una cuestión federal ni diversidad de ciudadanía. Para evitar la prescripción extintiva, el 30 de septiembre de 2013, la Sra. Barrera Rodríguez presentó ante el Tribunal de Primera Instancia de Carolina una demanda por daños y perjuicios contra el peticionario. En ésta se excluyó a Westernbank como codemandado y, por ende, la reclamación por despido injustificado (Civil Núm. FBCI 2013-1490).

En su causa de acción, entre otras cosas, la Sra. Barrera Rodríguez alegó que: fue reclutada el 26 de junio de 2006 por Westernbank como Representante de Ventas; el Sr. Rivera Rivera, cliente del Banco, presentó una queja contra la recurrida, basada en imputaciones alegadamente falsas relacionadas con una transacción de retiro de $2,000.00 de la cuenta del peticionario, quien exigió el despido de la recurrida; el patrono procedió a suspender con sueldo a la Sra. Barrera Rodríguez y a realizar una investigación, la cual culminó con su despido el 2 de marzo de 2010, sin que aparentemente existiera evidencia que sustentara las delaciones realizadas por el peticionario en contra de la Sra. Barrera Rodríguez.

Luego de varias incidencias procesales, el Sr. Rivera Rivera suscribió ante el TPI unaMoción Solicitando Sentencia Sumaria. En esencia, arguyó que por faltar una parte indispensable (en alusión a Westernbank), como cuestión de derecho, se debía dictar sentencia sumaria ordenando la desestimación de la causa de acción sometida. (Véase: Ap., págs. 40-48). La Sra. Barrera Rodríguez se opuso a la solicitud de sentencia sumaria...

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