Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2014, número de resolución KLAN201401472

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401472
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2014

LEXTA20140930-074 Padilla Miranda v. International Federal Faith

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGUEZ, AGUADILLA

PANEL X

LUIS FELIPE PADILLA MIRANDA H/N/C EMPRESAS PADILLA
Apelado
v.
INTERNATIONAL FEDERAL FAITH BASES CONSULTANTS AND EDUCATIONAL SERVICES, CORP.
Apelante
KLAN201401472
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Núm.: FCD200901851 Sobre: Incumplimiento de Contrato y Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente el Juez Hernández Serrano, el Juez Figueroa Cabán, la Juez Cintrón Cintrón y el Juez Rivera Colón. El Juez Rivera Colón no intervino.

Hernández Serrano, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2014.

Comparece International Federal Faith Based Consultants and Educational Services (International) ante este tribunal intermedio mediante recurso de apelación solicitándonos que revoquemos la sentencia dictada el 10 de julio de 2014, notificada el 14 del mismo mes y año por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (TPI). En la misma, el foro recurrido declaró Ha Lugar la demanda presentada por el señor Luis Felipe Padilla Miranda (el señor Padilla) bajo ciertos términos y condiciones que enumeró. Además, desestimó la Reconvención presentada por International por considerar que no se sostuvieron las alegaciones con suficiente evidencia.

De un análisis del expediente ante nuestra consideración advertimos que el dictamen recurrido no es final, por lo que acogemos el presente recurso como un certiorari, y denegamos el mismo por resultar conveniente esperar a que el TPI resuelva la totalidad del pleito. Veamos.

I.

A continuación exponemos una breve relación de los hechos fácticos y procesales que entendemos son relevantes para disponer de la presente controversia.

El 3 de septiembre de 2009 el señor Padilla presentó una demanda de incumplimiento de contrato y cobro de dinero contra International. Adujo que suscribió junto a International un contrato titulado Acuerdo informativo de los requisitos de las Agencias Estatales y Federales para cualificar una organización sin fines de lucro. Indicó que pagó a International $60,000.00 como adelanto parta gestionar y tramitar las exenciones y propuestas estatales y federales. Alegó que a pesar de las múltiples gestiones realizadas, International no ha provisto un reporte de las gestiones realizadas, ni ha remitido el pago conforme lo acordado en el Acuerdo, por lo que le adeuda $60,000.00. Reclamó además, $5,000.00 por los daños económicos y pérdidas por haber sido privado de la utilización de ese dinero.

El 8 de abril de 2010 International contestó la demanda negando las alegaciones y presentó reconvención. Adujo que realizó todas las gestiones por las que se le contrató, y que empleó en exceso de 1,230 horas trabajadas en la realización de las gestiones a favor del señor Padilla. Alegó que en el contrato se pactó el pago de $65.00 por hora, por lo cual el señor Padilla le adeuda una cantidad no menor de $100,000.00 como pago de horas trabajadas bajo el contrato. Reclamó además $100,000.00 por los daños contractuales.

Luego de varios...

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