Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Octubre de 2014, número de resolución KLRA201400934

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400934
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2014

LEXTA20141015-013 Santiago Muñiz v. ELA de PR

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ Y AGUADILLA

PANEL X

Roy E. Santiago Muñiz
Recurrente
vs.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Departamento de Corrección y Rehabilitación
Recurridos
KLRA201400934
REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Sobre: Confinado Núm.: P676-15011 Querella Núm.: 310-14-0088

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Serrano, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Rivera Colón. La Jueza Cintrón Cintrón no interviene.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de octubre de 2014.

-I-

Comparece ante nos el señor Roy E. Santiago Muñiz (Sr. Santiago Muñiz) quien nos solicita que revoquemos una Resolución notificada el 27 de mayo de 2014 por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento de Corrección). En resumidas cuentas, la agencia recurrida resolvió que el recurrente había incurrido en el acto prohibido establecido en el Código 108 de la Regla 6 del Reglamento Núm.

7748, según enmendado, conocido como el “Reglamento

Disciplinario para la Población Correccional” del 23 de septiembre de 2009.

El 6 de abril de 2014, el Sargento Israel Malavé radicó la querella disciplinaria número 310-14-0088 en contra del Sr. Santiago Muñiz y planteó que éste había cometido el acto prohibido pormenorizado en el Código 108 del Reglamento Núm. 7748, supra. Siendo ello así, el 21 de mayo de 2014 el Departamento de Corrección celebró la correspondiente vista disciplinaria a los fines de resolver la mencionada querella. Luego de celebrada la vista, la agencia recurrida determinó que:

. . . . . . . .

El 6 de abril de 2014, aproximadamente a las 4:45pm el querellante, Sargento Israel Malavé, se encontraba en el área del cuadrante B-5 de la Institución Máxima Seguridad, Ponce. Este Sargento supervisaba un registro a las celdas de confinados en esta parte de la institución. Mientras estaba allí, el Sargento Malavé procedió a registrar el interior de la celda #5-026, donde se encontraba el querellado Roy E. Santiago Muñiz. El querellado entonces desmonta parte de la tubería de la ducha, entregando una fisga. La misma, una varilla cilíndrica de metal, con punta afilada y mango de tiras de tela, de aproximadamente ocho y media (8½) pulgadas de largo, fue ocupada por el Sargento Malavé como prueba material. Por todo lo antes expuesto, este Sargento presentó un informe disciplinario que dio origen a la presente querella.

. . . . . . . .

La prueba presentada en la vista consistió de la declaración del querellado. Esta prueba testifical es examinada en unión a los documentos oficiales que obran en el expediente. Es entendido que la ocupación al querellado mediante registro en su celda de una fisga de metal, oculta en el interior de la ducha, que éste entregó voluntariamente, configura la violación reglamentaria señalada en el informe disciplinario. Se infiere que lo encontrado en el interior de la celda pertenece al que allí habita. Durante la vista, el querellado no presentó prueba robusta y convincente para rebatir tal inferencia. Así concluido y de la totalidad de esta prueba, queda establecido en forma preponderante y clara los hechos establecidos que dieron origen a la presente querella, en cuanto al acto prohibido, posesión, fabricación o introducción de armas blancas, instrumentos de cualquier índole, materiales explosivos, sustancias químicas, y/o todo tipo de municiones o su tentativa, #108...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR