Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Octubre de 2014, número de resolución KLAN201300810

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201300810
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2014

LEXTA20141023-004 Pueblo de PR v. Reyes Rosa

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL ESPECIAL

El Pueblo de Puerto Rico
Apelado
v
Francisco Reyes Rosa
Apelante
KLAN201300810
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D LA2012G0873 y otros Sobre: Art. 106 CP, Art. 6.01 L.A., Art. 5.04, L.A. Art. 5.15 L.A.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza García García1, el Juez Bermúdez Torres y la Juez Rivera Marchand2.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2014.

Comparece ante nosotros el Sr. Francisco Reyes Rosa (señor Reyes Rosa o apelante) mediante recurso de apelación y solicita la revocación del fallo de culpabilidad emitido por el tribunal de Primera Instancia por los delitos de Asesinato en primer grado3, Portación y uso de armas de fuego sin licencia, Disparar o apuntar armas y Posesión de municiones.4

I.

El Ministerio Público le imputó al señor Reyes Rosa haber ocasionado la muerte de un agente de la Policía de Puerto Rico. A su vez, fue acusado de cometer los delitos tipificados en los Artículos 5.04, 5.15 y 6.01 de la Ley Núm. 404-2000, conocida como la Ley de Armas de Puerto Rico (Ley de Armas), 25 L.P.R.A. secs. 458c, 458n y 459. El señor Reyes Rosa renunció al derecho de juicio por jurado. En el juicio, el Ministerio Público ofreció prueba testimonial, documental, real, científica e ilustrativa. La defensa, por su parte, también ofreció prueba documental y testimonial.

El Ministerio Público presentó los testimonios de las siguientes personas, a saber: Luis D. Serrano Reyes (agente Serrano), Yamil Medina Jiménez (agente Medina), José Juan Pérez Falcón (agente Pérez), Ivy González (agente González), Ramón Rosado Romero (agente Rosado), Luis Piazza Camacho (agente Piazza), Alexis Amaro (agente Amaro), Yamil Santos Matos (agente Santos), Luis Calderón (agente Calderón), Luis R. Rodríguez Oquendo (señor Rodríguez Oquendo) y la Dra. Irma Ribera Diez (patóloga forense). Además, ofreció ciento veintidós fotografías, un cargador de balas y el Informe de hallazgos de escena.

Los agentes Serrano, Medina y González acompañaban al agente Wilfredo Ramos Nieves (agente Ramos) el día de los hechos y observaron la huida de los sospechosos. Los demás agentes llegaron a la escena luego de la muerte del agente y participaron en la búsqueda de los sospechosos, en el arresto y en la etapa investigativa del caso. El señor Rodríguez Oquendo fue el testigo que presenció la muerte del agente y quien identificó al señor Reyes Rosa como el autor del delito. Las fotografías ilustraron cómo era el lugar donde ocurrieron los hechos y los objetos ocupados por los agentes Rosado y Piazza. Por último, la patóloga forense fue quien examinó el cadáver y rindió un informe con los hallazgos correspondientes.

La defensa presentó el testimonio de la Sra. Gladys Irizarry Cruz (señora Irizarry) y prueba documental. La prueba documental fue la siguiente: Informe de incidente 2012-7-211-10815, Informe médico –

forense de la doctora Rivera Diez, Informe pericial del examinador de armas de fuego, carta suscrita por el señor Rodríguez Oquendo el 10 de septiembre de 2012 y unos récords médicos del señor Reyes Rosa.

Los agentes Serrano, Medina y González declararon que estaban adscritos a la División de Drogas de Bayamón.5 El 14 de agosto de 2012, recibieron instrucciones de impactar algunos puntos de drogas en Guaynabo y Bayamón.6 Estos agentes indicaron que en uno de los puntos de drogas, a eso de las tres de la tarde, el agente Ramos intervino en una transacción de drogas y recibió tres disparos de bala que le ocasionaron la muerte.7 Surge del Informe médico forense que uno de los disparos entró por el área parietal derecha, otro por el lado derecho de la barbilla y labio inferior, y otro por el lado posterior derecho del cuello.8

Los agentes Serrano, Medina y González testificaron que los hechos ocurrieron adentro de una casa abandonada localizada en el barrio Juan Sánchez del Municipio de Bayamón.9 Además, dijeron que conocían que en esta casa operaba un punto de drogas.10 Según éstos, el acceso de vehículos de motor hacía la casa estaba limitado por un portón, pero no así el paso peatonal.11 Desde este portón comenzaba una bajada hacia el balcón de la casa abandonada.12 Los agentes declararon que llegaron al lugar en un vehículo confidencial y se estacionaron cerca del portón.13

Allí comenzaron a observar la casa y vieron en el balcón de ésta a una persona mirando hacía el vehículo confidencial.14 El agente Serrano describió a esta persona como una “llenit[a]”, de tez trigueña y sin camisa.15 El agente Medina también estaba en la cercanía de la casa, pudo divisar a esta persona y coincidió en decir que era llenito, de tez trigueña, estaba sin camisa y, añadió, que vestía un pantalón negro.16 La agente González también testificó haberlo visto sin camisa y con un pantalón corto.17 Sin embargo, dijo que el pantalón era mahón.18 Esta persona fue identificada posteriormente como el señor Rodríguez Oquendo quien declaró que estaba en la casa consumiendo drogas (marihuana y crack) provistas por el señor Reyes Rosa.19

Los agentes Serrano, Medina y González expresaron que el agente Ramos se bajó del vehículo y comenzó a caminar hacia la casa.20 Mientras se acercaba a la casa abandonada, un segundo individuo se asomó al balcón.21 Esta persona fue descrita por el agente Serrano como una delgada, de pelo negro y que vestía una camisa azul.22 El agente Medina también se percató de esta persona y añadió que éste vestía un polo azul oscuro, mahón largo, y tenía el pelo largo y pegado en forma de trenzas.23 La agente González dijo que observó al segundo individuo de tez clara, pelo pegado negro, camisa azul y pantalón mahón.24 Los referidos agentes identificaron en sala a esta persona y lo señalaron como el autor de los delitos imputados.25 La persona identificada y señalada resultó ser el señor Reyes Rosa.26

En la escena también se encontraba, según el señor Rodríguez Oquendo, una persona conocida como “Cocolo”.27 El señor Rodríguez Oquendo dijo que Cocolo vestía un pantalón corto crema y una camisa amarilla.28 No obstante, el señor Rodríguez Oquendo explicó que Cocolo se fue antes de la muerte del agente Ramos.29 El agente Luis Calderón testificó que la Policía inició una investigación sobre esta tercera persona, pero no la lograron encontrar.30

Los agentes Serrano, Medina y González expresaron que el agente Ramos llegó hasta el balcón, entró a la casa y de inmediato se escucharon varias detonaciones.31 Al momento de las detonaciones, se encontraban dentro de la casa el agente Ramos, el señor Reyes Rosa y el señor Rodríguez Oquendo. El señor Rodríguez Oquendo declaró que al escuchar las detonaciones se agachó y cuando volteo su mirada vio caer al agente boca arriba.32 El señor Rodríguez Oquendo también manifestó que vio al señor Reyes Rosa huir con un arma de fuego en la mano derecha por unas escaleras internas de la casa en dirección a la parte posterior donde se encontraba un monte.33 Asimismo, el señor Rodríguez Oquendo señaló al señor Reyes Rosa como el culpable de la muerte del agente. Además, aclaró que se refería al acusado como “Flaco” en la declaración jurada prestada ante el Ministerio Público.

El agente Serrano testificó que corrió hacia el balcón al escuchar las detonaciones y encontró al agente Ramos tirado en el suelo boca abajo con la cabeza hacia el lado izquierdo.34 El agente Medina también expresó que llegó hasta donde estaba el cuerpo del agente Ramos y éste estaba con la mejilla derecha pegada al piso.35 Ninguno de los agentes pudo ver directamente quién fue la persona que mató al agente Ramos. Sin embargo, los agentes Serrano y Medina dijeron que escucharon las detonaciones y observaron la huida del señor Reyes Rosa y del señor Rodríguez Oquendo.36 Los agentes Serrano y Medina declararon en el juicio que detrás de la casa había un monte donde los individuos se adentraron.37

El agente Medina indicó que el señor Reyes Rosa corrió con algo en la mano derecha, pero no pudo identificar el objeto.38 Ambos agentes (Serrano y Medina) testificaron que desenfundaron sus armas de fuego y les dispararon a los individuos mientras éstos bajaban por el risco.39 Específicamente, el agente Serrano expresó:

Una vez llego a esa esquina es que observo hacia el área del risco, ahí veo los dos individuos, el que había observado primero que se había asomado, y el que se había asomado por según… [sic] segundo, veo que están eh… bajando el risco. Cuando me asomo ellos se me quedan mirando y ahí yo desenfunde [sic] mi arma y le hice cuatro detonaciones, pensando de que… bueno, me iban a hacer daño a mí también, temiendo por mi vida, y ahí continúan bajando el risco y los pierdo de vista entre los arbustos y la basura que hay, y ahí lo que hago es que doy media vuelta y regreso hacia el compañero Ramos.40

El agente Serrano regresó al lugar donde se encontraba el cuerpo del agente Ramos y le solicitó a la agente González que llamara una ambulancia.41 Los agentes Serrano y González declararon que al lugar llegaron otros agentes, entre éstos el agente Marcos Durán quien revisó al occiso, lo viró y verificó si tenía pulso.42 Asimismo, llegaron otros agentes que buscaron en el monte a los sospechosos descritos por los agentes Serrano y Medina.43 El agente Amaro llegó al lugar luego del asesinato, ayudó en la búsqueda de los sospechosos y arrestó al señor Reyes Rosa.44 El agente Medina confirmó que pudo ver cuando el agente Amaro arrestó al señor Reyes Rosa en el monte.45

Tanto el agente Medina, como el señor Rodríguez Oquendo, coincidieron en que el señor Reyes Rosa tenía el pelo suelto y revolcado al verlo arrestado.46 En relación con la vestimenta, el agente Amaro testificó que el apelante tenía el mahón en los tobillos.47 El agente Amaro indicó que el señor Reyes Rosa...

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