Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Octubre de 2014, número de resolución KLRA201401021
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201401021 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2014 |
MARIO DELGADO SANTOS Recurrente v DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN Recurridos | KLRA201401021 | Revisión Administrativa Procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación CASO NÚM. 210-14-0218 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de octubre de 2014.
Comparece ante nos, por derecho propio, el señor Mario Delgado Santos y presenta un escrito que titula Discrimen, Violación de Derechos Civiles, Fraude y Robo. Mediante el cual nos solicita que declaremos con lugar el recurso de habeas corpus y le devolvamos un dinero que alega le ha robado la Administración de Corrección.
Examinado el escrito presentado, los argumentos esbozados y el documento que acompaña con su solicitud, DESESTIMAMOS el presente recurso por los fundamentos que exponemos a continuación.
En el referido escrito el señor Delgado Santos alega: que ha agotado los recursos administrativos tales como quejas y agravios; y que solicita que se haga justicia por la ilegalidad y el robo. Sostiene que solicitó un permiso para comprar y así se le vendió un Televisor y, que luego de unos meses, se lo quitaron por ser ilegal. Plantea que no es justo que le vendan algo para luego quitárselo y que lo más justo es que le devuelvan entonces el dinero que pagó en la Comisaría. Solicita que tomemos en consideración las condiciones de discrimen y robo y declaremos con lugar el habeas corpus.
Acompañó con su solicitud una resolución emitida por el Departamento de Corrección sobre una querella disciplinaria en la que se encontró al señor Delgado Santos incurso en violación al Código 205 Disturbios del Reglamento Disciplinario.
Sabido es que las normas sobre el perfeccionamiento de los recursos ante el Tribunal de Apelaciones deben observarse rigurosamente incluyendo el cumplimiento con las disposiciones del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
Lugo v. Suárez, 165 D.P.R. 729 (2005). En la práctica apelativa las partes están obligadas a cumplir fielmente el trámite prescrito en las leyes y reglamentos aplicables para el perfeccionamiento de los recursos instados en el tribunal. Matos v. Metropolitan...
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