Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2014, número de resolución KLCE201401173

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401173
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2014

LEXTA20141031-120 Martinez Kim v. Petco Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

ANGELINE C. MARTÍNEZ KIM Peticionario v. PETCO INC., LEVID COSS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIAES COMPUESTA POR ESTE Y FULANA DE TAL Recurrido KLCE201401173 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm. K PE 2013-5495 (906) SOBRE: HOSTIGAMIENTO SEXUAL, DISCRIMEN POR RAZÓN DE SEXO, PROCEDIMIENTO SUMARIO (Ley 2 de 1 de octubre de 1961)

Panel Especial integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Juez Colom García y el Juez Steidel Figueroa.

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2014.

Comparece ante nos Angeline Martínez Kim y solicita mediante recurso de certiorari la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), mediante la cual el foro concedió una moción de prórroga en el caso de epígrafe el cual está instado al amparo de la Ley Núm. 2-1961.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes en el pleito, examinados el trámite procesal del caso y conforme al derecho aplicable, EXPEDIMOS el auto de Certiorari y REVOCAMOS la determinación recurrida. Exponemos.

I.

La señora Martínez Kim presentó el 20 de diciembre de 2013 una querella por hostigamiento sexual y discrimen en el trabajo por razón de sexo contra su antiguo patrono Petco INC., contra su entonces supervisor el señor Levid Coss, su esposa y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. La querella fue presentada bajo el procedimiento sumario de la Ley Núm. 2 -1961. La señora Martínez Kim alegó que laboró en Petco desde el 7 de noviembre de 2012 al 4 de febrero de 2013 en calidad de pet stylist y que fue despedida antes de completar su periodo probatorio. Alegó que fue víctima de hostigamiento sexual de parte de su supervisor, el co demandado Levid Coss quien era General Salon Manager. Sostuvo que su supervisor le creó un ambiente hostil, que le hizo acercamientos e insinuaciones de naturaleza sexual y ella se negó, por lo que el supervisor desató una campaña hostil en su contra y finalmente no le aprobaron su periodo probatorio. Previo a la presentación de la querella en el TPI la señora Martínez radicó una reclamación ante la Unidad Anti Discrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

El 30 de diciembre de 2014 Petco presentó ante el tribunal una Moción Compareciendo en Forma Especial y de Prórroga para Alegar y/o Contestar. En su solicitud Petco alegó: que la querellante había presentado un cargo ante la unidad anti discrimen por lo cual la querella está a destiempo; que presentar la querella en la cercanía del periodo navideño levantaba suspicacia; que el señor Levid Coss está en trámite de conseguir un abogado; y que toda la información y documentación pertinente con los hechos alegados en la querella están en Estados Unidos. La querellante objetó la solicitud de concesión de prórroga, alegó que no procedía la misma puesto que no cumplía con el requisito de especificar los motivos que justificaran la misma y de la moción no se demostraba la existencia de justa causa para la dilación. Solicitó que se declarara no ha lugar a la moción de prórroga, que se anotara la rebeldía y se continuara con los procedimientos. El TPI concedió la prórroga solicitada, declaró sin lugar la moción de anotación de rebeldía y aceptó la contestación a la querella de ambos codemandados.

Inconforme con tal determinación, la parte querellante y aquí...

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