Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Noviembre de 2014, número de resolución KLAN201401083

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401083
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2014

LEXTA20141126-042 Schmidt v. Schmidt Renta

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

Región Judicial de San Juan

Panel III

Maria José Schmidt
Apelante
v.
Tomas Rafael Schmidt Renta representado por la sucesión de este Maria Dolores Nieto, Jorge Schmidt Nieto, Elena Schmidt Nieto, Roman Andreu Batllo representado por la sucesión de este, Maria Rosa Gasol Boillos, Marta Andreu Gasol, Claudia Andreu Gasol, Leal Andreu Gasol, Marcos Andreu Gasol; Departamento de Estado de Estados Unidos de América
Apelados
KLAN201401083
Apelación
procedente del
Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de
San Juan
CASO NÚM.:
K FI2012-0020
Sobre:
Impugnación de Reconocimiento/
Filiación

Panel Integrado por su Presidente el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa

Steidel Figueroa, Juez Ponente

S e n t e n c i a

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de noviembre de 2014.

Debemos resolver si el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan [en adelante, “TPI”], actuó correctamente al desestimar un pleito instado por María José Schmidt Nieto contra las sucesiones de Tomás Rafael Schmidt Renta y Román Andréu Batllo en el que formuló una reclamación mixta de impugnación de reconocimiento voluntario y de filiación. Concluyó el TPI que las reclamaciones habían caducado. Confirmamos.

I.

Schmidt Nieto nació el 28 de junio de 1957 en España. Su señora madre, María José

Schmidt, la inscribió como su hija en el Registro Civil del Juzgado de Barcelona. Años después, el 4 de noviembre de 1960, fue reconocida como hija por Tomás Rafael Schmidt Renta en el estado de Washington, Estados Unidos.

Según alegó en su demanda, la madre de la apelante le envió una carta manuscrita con fecha de 20 de mayo de 2011, en la que le comunicó que Román Andréu Batllo era su verdadero padre biológico. En la carta, en la parte relevante a la controversia aquí enfrentada, se indicó:

Sé que no te va a sorprender recibir esta carta mía, porque Elena ya te lo ha anticipado.

Realmente el tema que te voy a tocar está rondando en mi cabeza por algún tiempo, específicamente desde mi viaje a España para los 50 años de Juan y Maribel, ya que en esa ocasión, antes de tu llegada, mi hermano me indicó o sugirió, que tu debías reclamar tus derechos a tu familia biológica, ya que con la tecnología del DNA ahora no podrían negar la realidad de que biológicamente eres hija de Román Andréu1.

Luego de conocer el contenido de la carta, Schmidt Nieto contrató los servicios de una oficina de detectives de España, país en donde consideraba que Andréu Batllo debía residir, para intentar dar con su paradero. Tras la investigación correspondiente, los detectives contratados rindieron un informe con fecha de 20 de enero de 2012. Informaron que Andréu Batllo había fallecido el 21 de mayo de 2010, a la edad de 84 años, y que le sobrevivieron cuatro hijos y la viuda. Los detectives privados obtuvieron muestras de ADN de dos de los hijos de Andréu Batllo. Tras analizar el material genético obtenido, una primera prueba concluyó que la posible relación de hermandad por la vía paterna entre la apelante y uno de los hijos de Andréu Batllo era “muy probable”. Una segunda prueba realizada a las muestras obtenidas reveló que la relación de hermandad con los hijos de este cuyas muestras fueron examinadas era “altamente probable” con una fiabilidad de 99.3534%. Con esta información, Schmidt Nieto presentó el 21 de mayo de 2012 la reclamación judicial que originó esta apelación.

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