Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201400595

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201400595
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2014

LEXTA20141202-004 Alicea Montalvo v. Adm. De Corrección y Rehabilitación

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL PONCE-HUMACAO

PANEL ESPECIAL

ALEJANDRO ALICEA MONTALVO
Recurrente
v.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA201400595
Revisión procedente del Departamento del Corrección y Rehabilitación Núm. de Caso MA-424-14

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona y Surén Fuentes.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 2 de diciembre de 2014.

Comparece por derecho propio el 30 de mayo de 20141

el señor Alejandro Alicea Montalvo (señor Alicea Montalvo o el recurrente), quien se encuentra ingresado en una Institución Penal. Impugna la resolución emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección o la recurrida) el 25 de abril de 2014 por conducto de la Coordinadora Regional de la División de Remedios Administrativo, señora Ivelisse Milán Sepúlveda. Mediante dicha resolución Corrección mantuvo su decisión no acceder a la petición del señor Alicea Montalvo para que se le permita fumar en las facilidades penitenciarias.

Por los fundamentos que pasamos a exponer, se confirma la Resolución recurrida.

I.

El señor Alicea Montalvo se encuentra bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación (Corrección) en la Institución de Máxima Seguridad de Ponce. El 13 de febrero de 2014 el recurrente presenta solicitud de remedio administrativo (MA-424-14) ante la División de Remedios en la que solicita que se le permita fumar en las facilidades correspondientes de la institución penal. El señor Alicea Montalvo peticiona también que la agencia brinde el servicio de ventas de cigarrillos en beneficio del confinado. En apoyo a su solicitud, la cual fue atendida por la Evaluadora de la División de Remedios, el recurrente expone que tal remedio fue autorizado por este Tribunal en el caso KLRA201201045.

La División de Remedios Administrativos emite Respuesta el 7 de marzo de 2014 al exponer lo siguiente:

“La notificación de Sentencia KLRA201201045 Carlos Nieves vs. Administración de Corrección, se le dio con lugar a tres confinados. En dicha sentencia no se menciona a otros confinados al os cuales se les deba permitir fumar. Solamente se le concede a los notificados en la sentencia.”

Insatisfecho con dicho dictamen el señor Alicea Montalvo presenta el 2 de abril del año en curso solicitud de reconsideración ante el Coordinador de Remedios Administrativos. Evaluada la solicitud de reconsideración, la señora Ivelisse Milán Sepúlveda, Coordinadora Regional emite Resolución el 25 de abril de 2014, en la cual concluye “no permitir la venta de cigarrillos en… toda vez que es un institución cerrada, donde el permitir el uso de cigarrillos perjudicaría tanto a la población correccional como a los empleados…, siendo esto contrario a la reglamentación aplicable y a la Ley #40 según emendada…”. Véase Anejo 4 del Apéndice del Recurso.

Inconforme el señor Alicea Montalvo presenta el recurso de epígrafe. Solicita que este Tribunal “declare ha lugar la presenta solicitud de revisión administrativa y respuesta y le ordene al superintendente… a que cumpla con el Artículo VII Inciso A del reglamento 7716 y le venda cigarrillos…”. Véase pág. 7 del Recurso.

El 5 de agosto de 2014, notificada el 18 de agosto del año en curso, emitimos Resolución requiriendo a Corrección presentar Alegato en oposición en el término de treinta (30) días. Vencido dicho plazo sin que la Oficina de la Procuradora General compareciera emitimos otra resolución el 3 de octubre de 2014, cuando autorizamos por iniciativa propia un término adicional de diez (10) días a Corrección (y a su representante legal, la Oficina de la Procuradora General) para presentar alegato. En esta última resolución, advertimos que de no comparecer Corrección en el término concedido adjudicaríamos el recurso sin contar con el beneficio de su comparecencia. Es así que finalmente la Procuradora General comparece el 24 de noviembre de 2014.

Considerando las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR