Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201401020

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401020
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2014

LEXTA20141211-022 Pueblo de PR v. Torres Roman

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. JOSÉ E. TORRES ROMÁN Recurrente
KLRA201401020
Revisión Administrativa

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de diciembre de 2014.

El señor José E. Torres Román, quien se encuentra bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación (en adelante “Departamento”), compareció ante nosotros mediante recurso de revisión judicial. Cuestionó cierta Resolución emitida por el Departamento en la que se le denegó el privilegio de participar del Programa de Pase Extendido con Monitoreo Electrónico en virtud de la Ley Núm. 137 de 3 de junio de 2004. Dicho estatuto enmendó, entre otros, el Artículo 5.04 de la Ley de Armas, Ley Núm.

404 de 11 de septiembre de 2000, 25 L.P.R.A. sec. 458c, excluyendo del beneficio de desvío, sentencia suspendida y libertad bajo palabra a toda persona convicta de transportar un arma sin licencia. El señor Torres Román argumentó que no procedía denegarle el privilegio, toda vez que ya había extinguido su condena por infracción a la Ley de Armas.

Según ordenado, la Procuradora compareció. Luego de exponer el derecho aplicable reconoce que, en efecto, el señor Torres Román ya extinguió la condena correspondiente a la infracción del Artículo 5.04 de la Ley de Armas, supra...

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