Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2014, número de resolución KLAN201400971

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400971
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014

LEXTA20141216-005-

Aponte Hernández v. Oriental Bank

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-UTUADO

PANEL ESPECIAL

WANDA APONTE HERNÁNDEZ
Apelada
v.
ORIENTAL BANK
Apelante
KLAN201400971
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: DDP2011-0608 Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Figueroa Cabán, la Juez Lebrón Nieves y el Juez Candelaria Rosa1. El Juez Candelaria Rosa no interviene.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de diciembre de 2014.

I.

El 1 de agosto de 2014 Wanda Aponte Hernández presentó Demanda contra Banco Bilbao Vizcaya Argentina, (BBVA) y Collection Advisement Association, Inc., (CAA). Alegó ser víctima de un embargo ilegal producto de la ejecución de una sentencia obtenida mediante fraude. Explicó que luego de que el BBVA y CAA presentaran Demanda de cobro de dinero en su contra el 24 de enero de 2007 --caso alfa-numérico ECD2007-0116--, CAA, en representación de BBVA, transigió la deuda y emitió un recibo y carta a esos efectos. Sin embargo, tres años después, como parte de la ejecución de Sentencia, se embargó el dinero de su cuenta bancaria, causándole, según ella, los daños y perjuicios que reclama en la presente causa de acción. Anejó a su Demanda: (A) copia de la Demanda del caso de cobro de dinero junto con copia del pagaré presentado en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia; (B) copia del cheque certificado a favor de CAA por la cantidad de $5,000.00; (C) copia del recibo de saldo con descuento emitido por CAA; y (D) copia de la carta suscrita por CAA.

El BBVA expresó en su Contestación a la Demanda que a la fecha de la presentación del caso ECD2007-0116 el préstamo personal había sido vendido a Olympic Opportunity Management (OOM) y que posteriormente, el mismo préstamo fue vendido a PR Acquisitions, LLC, Operating Partners Co. (OPC). Este a su vez, lo refirió a CAA para las gestiones de cobro. Aseveró que en ningún momento transigió la referida deuda con Aponte Hernández, ni indujo a error al Tribunal. Aclaró que el caso EDC2007-0116 fue presentado por OOM a su nombre y en representación exclusivamente, por lo que cualquier error cometido era su responsabilidad.

El 3 de febrero de 2012 el BBVA presentó Demanda Contra Tercero contra Nericarmen Mártir Rivera, OOM y Opportunity Mortgage (OM).2 Alegó que aunque el 10 de octubre de 2002 vendió el préstamo a OOM, como parte de la relación comercial entre ellos, el 19 de octubre de 2004 OOM le devolvió los derechos e interés sobre el préstamo. El BBVA se lo sustituyó por otros derechos e intereses de préstamos. Añadió que el 29 de septiembre de 2006 decidió vender nuevamente los derechos e intereses de dicho préstamo pero en esta ocasión a OPC, quien a su vez, se lo asignó a CAA para que hiciera las gestiones de cobro. También arguyó que fueron los terceros demandados Mártir Rivera, OOM y OM, quienes erróneamente demandaron a nombre de BBVA, sin derecho a ello en el caso ECD2007-0116, a sabiendas de que no eran sucesores en derecho del préstamo, induciendo así a error al Tribunal.

El 11 de abril de 2012 Mártir Rivera presentó Contestación a Demanda de Tercero y Solicitud de Término Adicional para Contratar Abogado. Negó en sí o por falta de información las aseveraciones en que descansaba la reclamación en su contra y levantó como defensa afirmativa que el BBVA realizó una doble venta del préstamo en controversia.

El 30 de agosto de 2012 CCA presentó Demanda Contra Coparte imputando a la codemandada Mártir Rivera, en su carácter personal y como principal accionista y oficial de OOM y OM, ser quien actuó de manera negligente al radicar la Demanda y ejecución de sentencia en el caso ECD2007-0116.

El 16 de octubre de 2012 las partes presentaron ante el Foro recurrido Informe de Conferencia con Antelación al Juicio. En él, enmendaron sus alegaciones a tono con las teorías expuestas y/o la prueba a ser presentada. La teoría de BBVA expuso, en lo aquí pertinente, que en octubre de 2002 vendió el préstamo a OOM quien en octubre de 2004, es decir, dos años más tarde, se lo devolvió junto a otros casos, tras no poder lograr su recobro. El BBVA le sustituyó los referidos préstamos por otros préstamos adicionales. De esta forma el BBVA volvió a ser el acreedor del préstamo. En septiembre de 2006 el BBVA realizó otra venta de préstamos, esta vez a OPC, siendo parte de dichos préstamos el de Wanda Aponte Hernández. Mientras, Mártir Rivera esbozó como su teoría lo siguiente:

En octubre 2002 BBVA vende el préstamo a “Olympic Opoortinuty” quien hasta el momento en que se presenta la demanda era tenedora y dueña de la cuenta antes mencionada, cuenta la que siguió según era uso y costumbre de la operación de Olympic, realizando gestiones de cobro. Así las cosas, en septiembre de 2006, BBVA efectúa una doble venta de la misma por cobrar de la demandante, esta vez a PR Adquisitions, LLC (Operating Partners), entre otras cuentas de la misma cartera […] Olympic Opportunity en su nombre y a su favor y como le asistió en derecho, continuó el proceso de cobro por la vía judicial logrando una Sentencia en Rebeldía. Olympic Opportunity llevó a cabo un embargo preventivo de fondos de la Sra. Wanda Aponte, alrededor de Mayo 2009. De recaer una sentencia a favor de la parte demandante, debe responder la demandada BBVA, ya que realizo una doble venta de la misma cuenta.

Mártir Rivera concluyó que sus actuaciones en dicho pleito no fueron en su capacidad personal, sino en su capacidad representativa de OOM. Por su parte, CCA expuso que el préstamo se vendió a OPM el 29 de septiembre de 2006.

Arguyó que de ser cierto lo alegado por Mártir Rivera, de que el BBVA realizó una doble venta, serían éstos quienes responderían a la demandante Aponte Hernández.

El 18 de octubre de 2012 Aponte Hernández presentó Demanda Enmendada e incluyó como codemandado a OPC.3 El 24 de enero de 2013 OPC alegó, como parte de sus defensas afirmativas, que la Demanda no establecía hechos específicos que demostraran que los alegados daños sufridos fueron causados por sus actuaciones. En otras palabras, indicó que había ausencia de nexo causal entre los daños reclamados y sus actuaciones.

El 29 de mayo de 2013, reiterado el 7 de junio de 2013, el BBVA solicitó que se le sustituyera en el pleito por Oriental Bank debido a la fusión entre ellos. El 12 de junio de 2013, notificado el 13, el Tribunal de Primera Instancia ordenó la sustitución de parte, según solicitada. El 2 de julio de 2013 Mártir Rivera presentó Moción de Desestimación bajo la Regla 10.2 de las de Procedimiento Civil.

El 31 de julio de 2013 Oriental Bank solicitó la anotación de rebeldía a los terceros demandados OOM y OM. En ese mismo día, presentó

Oposición a Moción de Desestimación Presentada por Demanda Contra Tercero Nericarmen Mártir Rivera. El 12 de agosto de 2013, notificada el 14, el Tribunal de Primera Instancia anotó las rebeldías solicitadas.

El 18 de septiembre de 2013 Oriental Bank presentó Contestación a Demanda Enmendada. En ella modificó y/o aclaró sus contestaciones a la Demanda original. Informó que el préstamo en controversia fue devuelto por OOM al BBVA por no tener interés en el mismo y por falta de documentos.

El 19 de septiembre de 2013 OPC presentó Moción Informativa sobre un acuerdo de absorción de responsabilidad de ellos por cualquier responsabilidad que pudiera tener CAA en el caso. El 24 de septiembre de 2013 CAA contestó la Demanda enmendada. El 7 de octubre de 2013 Aponte Hernández solicitó el desistimiento voluntario en cuanto al codemandado CAA. El 10 de octubre de 2013, notificado el 15, el Foro a quo dictó Sentencia Parcial por Desistimiento sin perjuicio con relación a CAA. El 16 de octubre de 2013 OPC y CAA solicitaron que se dictara sentencia sumaria a su favor por no existir negligencia ni haber causado daño a Aponte Hernández.

El 24 de octubre de 2013, notificada el 29, el Tribunal de Primera Instancia emitió Orden concediendo a Aponte Hernández 20 días para que expresara su posición respecto a las sentencias sumarias solicitadas. Ante el incumplimiento de Aponte Hernández con la Orden, el 23 de enero de 2014, notificado el 3 de febrero de 2014, el Tribunal de Primera Instancia emitió Orden concediendo a la demandada 30 días para presentar Proyecto de Sentencia. El 3 de marzo de 2014, notificada el 6, el Foro a quo dictó Sentencia Sumaria Parcial desestimando la Demanda en cuanto a OPC y CAA.

El 19 de marzo de 2014 Mártir Rivera solicitó Reconsideración y al día siguiente, Oriental Bank la imitó mediante escrito titulado Reconsideración del dictamen y/o solicitud de enmiendas a determinaciones de hechos. Ninguno de los escritos cuestionó la decisión del Tribunal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR