Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Diciembre de 2014, número de resolución KLRA201401376

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201401376
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2014

LEXTA20141219-058 Ibarrondo Zavala v. Departamento de Corrección y Rehabilitación

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIóN JUDICIAL DE PONCE

JOSÉ A. IBARRONDO ZAVALA
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Agencia Recurrida
KLRA201401376 Revisión administrativa procedente del Departamento del Corrección y Rehabilitación Caso núm.: 310-13-0262

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand

Varona Méndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 19 de diciembre de 2014.

El señor José A. Ibarrondo Zavala nos pide que revisemos una resolución dictada por el Departamento de Corrección y Rehabilitación, en virtud de la cual le informó a este que le solicitaría a la Oficina de Disciplina la determinación tomada en un caso disciplinario.

Por los fundamentos que discutiremos, se desestima el recurso presentado.

I.

De los documentos presentados por el recurrente, surge que contra este se notificó el 17 de septiembre de 2013 que se había radicado un Informe de Querella de Incidente Disciplinario1, por presuntamente incurrir en conducta prohibida por los Códigos 109, (posesión distribución, uso, venta o introducción de teléfono celular); el Código 227 (desobedecer una orden directa) y el Código 202 (agresión simple o su tentativa). Surge además que el 9 de octubre de 2013 se dictó resolución, notificada al señor Ibarrondo el 15 de octubre siguiente, que lo declaró incurso de la conductas prohibidas por los Códigos 202 y 227 y desestimó la imputada bajo el Código 109.

En torno a un proceso diferente, Solicitud de Remedios número MA-1880-14, en el que, según alega el señor Ibarrondo este solicitó que se le notificara la resolución en reconsideración de la Querella 310-13-0262, el recurrente fue notificado de lo siguiente el 4 de noviembre de 2014:

Me comuniqué con la Sra. Feliciano (Encargada Oficina de Querellas en Ponce) y me informó que iba a solicitar la determinación a Oficina Disciplina en Nivel Central.

El 4 de diciembre de 2014 el señor Ibarrondo presentó un escrito de revisión en el que nos pide que revisemos “la resolución dictada el 9 de octubre de 2013 emitida por el examinador de vistas disciplinarias y entregada el 15 de octubre de 2013.” En su escrito, procede a discutir las razones por las que procede revocar dicha resolución.

II.

A.

Jurisdicción

Sabido es que los tribunales tienen...

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