Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Enero de 2015, número de resolución KLCE201401457

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401457
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Enero de 2015

LEXTA20150112-002 NPHS Interventional v. Hospital Hermanos Meléndez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-UTUADO

PANEL VII

NPHS INTERVENTIONAL NEUROLOGY, PSC; JOSÉ A. RODRÍGUEZ ROBLES; IDELISSE ALMODOVAR; Y LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS
Demandantes-Recurridos
v.
HOSPITAL HERMANOS MELÉNDEZ; DR. RICHARD MACHADO GONZÁLEZ; JANE DOE; LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS; DRA. NIVIA HERNÁNDEZ RAMOS; JOHN DOE; LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS; ASEGURADORA A, ASEGURADORA B, ASEGURADORA C; PERSONA A; PERSONA B; PERSONA C
Demandados-Peticionarios
KLCE201401457
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Caso Núm.: DCD2010-4092 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y Juez Flores García.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de enero de 2015.

I.

El 20 de diciembre de 2010 NPHS Interventional Neurology, PSC, José A. Rodríguez Robles, Idelisse Almodóvar y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por estos (NPHS y Otros), demandó en cobro de dinero al Hospital Hermanos Meléndez, Dr. Richard Machado González, Jane Doe, la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta entre ambos, Dra. Nivia Hernández Ramos, John Doe, la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos y a sus aseguradoras (Hospital y Otros). Alegó incumplimiento contractual por parte del Hospital.

El 3 de marzo de 2011 el Hospital y Otros, contestaron la Demanda y rechazaron las alegaciones contenidas en la misma. Tras un dilatado trámite procesal, el Tribunal de Primera Instancia señaló el juicio para el 12 de mayo de 2014. En esa fecha las partes informaron haber llegado a un acuerdo transaccional. Cónsono con ello, el 30 de mayo de 2014 firmaron el acuerdo extrajudicial --AGREEMENT AND RELEASE--, que finiquitaba el pleito. En el mismo, además del desistimiento de los reclamos, se estableció un plan de pago que incluía los plazos en los que se hacían los pagos acordados.

El 21 de agosto de 2014, NPHS y Otros, presentó

Urgente Moción en Solicitud de Sanciones; Solicitud de Embargo; y de Juicio.

Planteó que el Hospital y Otros, no habían presentado una fianza ascendente a $325,000.00 a favor de la parte demandante para garantizar el plan de pago, según pactado en el acuerdo transaccional. Se quejó además de que el Hospital y Otros, habían pagado unos primeros $100,000.00 tardíamente. Por tal razón solicitó el embargo de las cuentas de banco del Hospital y otros, el embargo del inmueble de este, que se dejara sin efecto el acuerdo y que se concedieran como sanción los $100,000.00 pagados. Para dicha fecha, ya el Hospital había satisfecho tres pagos de...

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