Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Enero de 2015, número de resolución KLAN201401125

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401125
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Enero de 2015

LEXTA20150127-002 Carlo Montalvo v. Structural Steel Manufacturing Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y UTUADO

PANEL VI

JORGE I. CARLO MONTALVO; YOLANDA MENDOZA SANTIAGO
Apelantes
v
STRUCTURAL STEEL MANUFACTURING, INC.; COMPAÑÍAS ASEGURADORAS DE NOMBRES DESCONOCIDOS, JOHN DOE Y DEMANDADOS DE NOMBRES DESCONOCIDOS
Apelados
KLAN201401125
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: D PE2012-1386 (703) Sobre: Despido Injustificado, Discrimen por Edad, Daños y Perjuicios, Procedimiento Ordinario

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jiménez Velázquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Juez Brignoni Mártir.

Brignoni Mártir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2015.

El 11 de julio de 2014, comparecieron ante nos mediante Apelación, el señor Jorge I. Carlo Montalvo y la señora Yolanda Mendoza Santiago (los Apelantes).

En su recurso nos solicitan que se revoque la Sentencia emitida el 13 de mayo de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (TPI).

Mediante dicho dictamen, el TPI declaró Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por Structural Steel Manufacturing, Inc. (Structural o la Apelada) y en consecuencia desestimó en su totalidad la Demanda instada por los Apelantes.

-I-

El 19 de diciembre de 2012, los Apelantes presentaron ante el TPI una Demanda contra Structural Steel Manufacturing, Inc., entre otros al amparo de la Ley Núm. 80 del 30 de mayo de 1976 y la Ley Núm. 100 del 30 de junio de 1959. En dicha acción, éstos alegaron que Structural despidió al señor Carlo Montalvo injustificada y discriminatoriamente por razón de su edad. El 8 de abril de 2013, Structural fue emplazada. Así pues, el 28 de mayo de 2013, Structural luego de haber solicitado prórroga, contestó la Demanda, negando en su mayoría las alegaciones. No obstante, entre sus defensas planteó que la terminación del empleo del señor Carlo Montalvo fue justificado debido “a la eliminación de la posición de Supervisor de Taller por motivo de una reducción significativa y sostenida en el volumen de contratos de la parte demandada [Structural].”1

El 2 de agosto de 2013, los Apelantes presentaron una Moción Solicitando Enmendar la Demanda a los efectos de corregir la fecha en que el señor Carlo Montalvo fue cesanteado y el párrafo 12 de la Demanda Original.2 El 6 de agosto de 2013, el TPI mediante Orden, permitió dichas enmiendas, por lo cual Structural sometió su Contestación a la Demandada Enmendada, el 21 de agosto de 2013.

Luego de varias incidencias procesales, el 15 de noviembre de 2013, Structural presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria, en la que negó que el despido del señor Carlo Montalvo fuera discriminatorio e injustificado. En síntesis, Structural alegó que procedía tanto la desestimación de la reclamación por despido injustificado, como la reclamación de discrimen por edad interpuesta en su contra, ya que la cesantía del señor Carlo Montalvo se debió a razones económicas de la empresa. Así pues, negó que la edad del señor Carlo Montalvo fuera el motivo de su despido. En apoyo a sus planteamientos Structural anejó los siguientes documentos con su Solicitud de Sentencia Sumaria:

  1. Transcripción de la deposición al señor Jorge I. Carlo Montalvo.

  2. Declaración Jurada del 13 de noviembre de 2013 del señor Juan Carlos Aguayo, Presidente de Structural.

  3. Descripción del puesto de trabajo de “Shop/Receiving Supervisor”.

  4. Transcripción de la deposición al señor Reinaldo Pérez.

  5. Transcripción de la deposición al señor Antonio Ramírez Ocasio.

  6. Memorando del 27 de julio de 2012 – Eliminación de Plaza y Suspensión Indefinida de Labores y Beneficios.

  7. Memorando del 8 de marzo de 2012 – Cambio de Jornada de Trabajo de 40 Horas a 32 Horas por Semana Efectivo el Lunes, 12 de marzo de 2012.

  8. Memorando del 27 de julio de 2012 – Cambio de Jornada de Trabajo de 40 Horas a 32 Horas por Semana Efectivo el Lunes, 30 de julio de 2012.

  9. Listado de empleados mayores al señor Jorge I. Carlo.

  10. Resumé Ramiro Santana.

  11. Resumé

    Ileana León Aguiló.

  12. Resumé Gadiel Gómez Pérez.

  13. Descripción del puesto de trabajo de “Production Manager”.

  14. Descripción del puesto de trabajo de “Quality Assurance and Quality Control Engineer”.

  15. Descripción del puesto de trabajo de “MIS Manager”.

  16. Descripción del puesto de trabajo de “Shop Manager”.

    En respuesta, el 12 de diciembre de 2013, los Apelantes presentaron una Oposición a Solicitud de Sentencia Sumaria en la que sostuvieron que en este caso existían controversias de hechos que impedían que el caso se dispusiera sumariamente. Alegaron que cuatro (4) meses después del señor Carlo Montalvo haber sido cesanteado, Structural contrató doce (12) empleados nuevos, de menor edad y con menos experiencia que el señor Carlo Montalvo, para trabajar en el área del taller. En apoyo a sus argumentos y alegaciones, acompañaron su Oposición con los siguientes documentos:

  17. Declaración jurada del 11 de diciembre de 2013 del señor Jorge I.

    Carlo Montalvo.

  18. Listado de empleados que trabajaban en el taller de Structural para la fecha de la cesantía del demandante.

  19. Declaración jurada del 24 de junio de 2013 del señor Juan C. Aguayo.

  20. Declaración Jurada del 16 de agosto de 2013 del señor Marcos Antonio Ramírez Ocasio.

  21. Deposición del señor Ramiro Santana Acosta.

  22. Carta del 15 de agosto de 2007.

  23. Listado reclutados después del despido 07-26-12.

    Luego de haber evaluado ambas mociones, el 13 de mayo de 2013, el TPI declaró Ha Lugar la Solicitud de Sentencia Sumaria presentada por Structural y en consecuencia, desestimó en su totalidad la reclamación instada por los Apelantes. En la aludida Sentencia, el foro primario hizo las siguientes Determinaciones de Hechos:

    1. La parte demandante, Jorge I. Carlo Montalvo, trabajó para la parte demandada, Structural Steel Manufacturing, desde el 5 de septiembre de 1975, hasta la fecha de su despido, el 30 de julio de 2012.

    2. La parte demandada, Structural Steel Manufacturing, es una compañía que se dedica a la manufactura de acero estructural.

    3. El Sr. Jorge I. Carlo Montalvo, desde el 2007, hasta la fecha de su despido, el 30 de julio de 2012, se desempeñó como Supervisor de Taller (Shop/Receiving Supervisor), en el cual generaba un ingreso semanal de $625.00, y además, recibía un bono anual de $2,000.00.

    4. Para la fecha de los hechos, el Sr. García López ocupaba la posición de jefe de taller (Shop Manager).

    5. El ingeniero Ramiro Santana, era el supervisor inmediato del Sr. Jorge I. Carlo Montalvo. (Véase la Deposición tomada al Sr. Jorge I. Carlo Montalvo en la pág. 77, líneas 14-15).

    6. La Ingeniero Ileana León Aguiló, ocupaba el puesto de Quality Assurance/Quality Control y estaba a cargo del control de calidad (Véase la Deposición tomada al Sr. Jorge I. Carlo Montalvo, en la pág. 85, líneas 16-23).

    7. El Sr. Jorge I. Carlo Montalvo, durante su empleo con Structural, en ningún momento se quejó de discrimen. (Véase la Deposición tomada al Sr. Jorge I. Carlo Montalvo, en la página 121, líneas 4-8).

    8. La parte demandada, Structural Steel Manufacturing, durante los años 2009 y 2010, llevó a cabo reducciones de jornada de trabajo. (Véase Deposición tomada al Sr.

    Jorge I. Carlo Montalvo, Anejo 1 de la “Solicitud de Sentencia Sumaria” en la pág. 146, líneas 4-8).

    9. El 8 de marzo de 2012, el Ingeniero Juan Carlos Aguayo, envió una comunicación sobre el siguiente asunto:

    “Cambio de jornada de trabajo de 40 horas a 32 horas por semana, efectivo el lunes 12 de marzo de 2012.

    Estimados delegados y representantes de la Unión, debida a la significativa reducción en el volumen de ventas y de producción, nos vemos nuevamente en la obligación de reducir la jornada de trabajo del taller de 40 horas a 32 horas a la semana, efectivo el lunes, 12 de marzo de 2012”.

    10. El 27 de julio de 2012, el Ingeniero Juan Carlos Aguayo, Presidente de Structural Steel Manufacturing, envió una comunicación sobre el siguiente asunto:

    “Cambio de jornada de trabajo de 40 horas a 32 horas por semana efectivo el lunes, 30 de julio de 2012.

    Debido a la significativa y sostenida reducción en el volumen de ventas de producción, nos vemos en la obligación de reducir la jornada de trabajo del personal administrativo de producción (Taller) de 40 horas a 32 horas a la semana, efectivo el lunes, 30 de julio de 2012.

    Favor de tomar en cuanto que los salarios y beneficios serán reducidos en forma proporcional (20%) a este ajuste en la jornada de trabajo. También, el Ing. Ramiro Santana, Gerente de Producción, estará coordinando con todos la implementación de esta medida.

    Aunque hemos aplazado lo más posible el implementar esta difícil medida, no tenemos más remedio que acudir a ella para lidiar con la recesión que continuamos sufriendo todos. Hemos comenzado tomando esta acción a fin de minimizar y evitar, si posible, la suspensión de compañeros de trabajo.”

    11. El 27 de...

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