Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Enero de 2015, número de resolución klan201402065

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónklan201402065
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Enero de 2015

LEXTA20150128-009 Scotiabank de PR v. Mendez Lopez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ -

AGUADILLA

PANEL X

scotiabank de puerto rico
Apelante
v.
IRVING MÉNDEZ LÓPEZ, MARTHA M. RAMOS MÉNDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Apelados
klan201402065
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Civil Núm. A CD2013-0256 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la vía ordinaria

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa

Figueroa Cabán, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de enero de 2015.

Comparece Scotiabank de Puerto Rico, en adelante Scotiabank o el apelante, y solicita que revoquemos una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, en adelante el TPI, mediante la cual se desestimó sin perjuicio una demanda sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso por falta de jurisdicción por prematuro.

-I-

El 21 de octubre de 2014 el TPI dictó una sentencia en virtud de la cual desestimó la demanda de referencia sin perjuicio.1

Dicha sentencia se notificó el 29 de octubre de 2014 mediante el Formulario OAT-704 que apercibe a las partes de su derecho a apelar.2

Insatisfecho con dicha determinación, el 12 de noviembre de 2014 Scotiabank presentó una Moción de Reconsideración.3

Así las cosas, el 21 de noviembre de 2014, el TPI denegó la Moción de Reconsideración.4 Dicha resolución se notificó el 24 de noviembre de 2014 mediante el Formulario OAT-750 que no apercibe a las partes de su derecho a solicitar revisión judicial ante un foro con mayor jerarquía.5

Inconforme con dicha determinación, Scotiabank presentó una Apelación en la que invoca la comisión del siguiente error:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia, al desestimar la demanda presentada por Scotiabank en la acción de cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria, bajo el fundamento de ausencia de inscripción de la titularidad del bien inmueble objeto de la causa de acción ni de la hipoteca cuya ejecución fue solicitada.

Examinado el escrito del apelante y los documentos que obran en autos, estamos en posición de resolver.

-II-

Reiteradamente nuestro más alto foro ha establecido que un recurso prematuro al igual...

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