Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2015, número de resolución KLAN201401648

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401648
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2015

LEXTA20150129-003 Advance Medical v. Modern Radiology Services

Una ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

ADVANCE MEDICAL AND ADMINISTRATIVE SUPPORT CORP.
Apelante
Vs.
MODERN RADIOLOGY SERVICES, PSC; GAMSHAR IMAGES SERVICES INC.; DR. GAMALIER BERMÚDEZ
Apelados
Vs.
EVANSTON INSURANCE COMPANY
Apelante
Vs.
CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
Apelado
KLAN201401648
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan. Civil Número: K CD2011-2815 K CD2012-2204 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2015.

Comparece Advance Medical and Administrative Support Corp. (AMAS) mediante recurso de apelación presentado el 9 de octubre de 2014 sobre una Sentencia Parcial emitida el 6 de mayo de 2014 y notificada el 7 de mayo de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI), la cual declaró ha lugar una solicitud de desestimación presentada por la Corporación del Fondo de Seguro del Estado, y que también declaró no ha lugar la solicitud de desestimación y la solicitud de sentencia sumaria presentada por AMAS.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se confirma la sentencia parcial apelada.

I

La controversia ante nuestra consideración tuvo su origen procesal el 28 octubre de 2011, cuando AMAS presentó una demanda sobre cobro de dinero en contra de Gamshar Images Services, Inc. (Gamshar Images) por concepto de servicios de facturación prestados a ésta por AMAS.1

Ese mismo día, AMAS presentó una segunda demanda por cobro de dinero en contra de Modern Radiology, P.S.C. (Modern Radiology) por concepto de servicios de facturación prestados a ésta por AMAS.2

Consolidados los casos ante el TPI, Gamshar Images y Modern Radiology presentaron su alegación responsiva y reconvención en la que alegaron que AMAS les había causado daños como resultado de haber realizado una facturación médica deficiente y de manera contraria a las obligaciones contractuales entre las partes.3

En respuesta, el 26 de abril de 2012, AMAS presentó en ambos casos su Contestación a Reconvención.4

El 7 de noviembre de 2012, AMAS presentó una Demanda Enmendada para incluir como codemandado al Dr. Gamalier Bermúdez (Dr. Bermúdez).5 En respuesta a esta demanda enmendada, Gamshar Images, Modern Radiology y el Dr. Bermúdez presentaron su alegación responsiva a la demanda enmendada, presentaron una reconvención enmendada y añadieron una demanda en contra de tercero Evanston Insurance Company (Evanston), aseguradora que es alegadamente responsable por la alegada deficiencia de AMAS en la facturación médica.6

El 31 de enero de 2013, AMAS presentó su Contestación a Reconvención Enmendada oportunamente.7

El tercero demandado, la aseguradora Evanston, también presentó su alegación responsiva a la demanda contra tercero de manera oportuna.8

El 26 de abril de 2013, AMAS radicó una Moción Solicitando Permiso para Presentar Demanda Contra Tercero contra la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) por entender que dicha corporación pública viene obligada a responderle a Gamshar Images, Modern Radiology y al Dr. Bermúdez porque han pagado las facturas médicas en controversia.9

El 25 de abril de 2013, Evanston también presentó una demanda contra tercero contra la CFSE.10

El 16 de agosto de 2013, la CFSE radicó una Moción de Desestimación y/o Sentencia Sumaria, en la cual solicitó la desestimación con perjuicio de las Demandas Contra Tercero presentadas por AMAS y Evanston.11 En respuesta, AMAS presentó su oposición mediante un escrito intitulado Moción en Reacción el 12 de septiembre de 2013,12 la cual fue enmendada posteriormente para corregir dos párrafos.13 El 10 de diciembre de 2013, AMAS y Evanston presentaron un escrito intitulado Moción Suplementaria donde reiteró su oposición y su vez, solicitó que la demanda fuese desistida con perjuicio mediante sentencia sumaria. En apoyo a su argumento, la Moción Suplementaria fue acompañada de copia de una comunicación de la CFSE de fecha del 18 de marzo de 2013 al Lcdo. Luis R. Román Negrón en apoyo de sus argumentos.14

El 30 de enero de 2014, Gamshar Images, Modern Radiology y el Dr. Bermúdez presentaron el escrito titulado Oposición a “Moción de Desestimación y/o de Sentencia Sumaria Parcial” Presentada por AMAS y Evanston.15

El 6 de mayo de 2014, notificada el 7 de mayo de ese mismo año, el TPI dictó la Sentencia Parcial.16

El TPI concluyó que la reclamación de AMAS y Evanston en contra de la CFSE no justifica la concesión de un remedio. En cuanto a la solicitud de sentencia sumaria en contra de Gamshar Images, Modern Radiology y al Dr. Bermúdez solicitada por AMAS y Evanston, el TPI determinó que la solicitud de sentencia sumaria no procedía porque la solicitud incumplió con la Regla 36.3 de Procedimiento Civil, supra, y porque surge del expediente que hay hechos en controversia que deben dilucidarse en un juicio plenario.17

Inconformes, AMAS y Evanston presentaron una oportuna solicitud de reconsideración el 22 de mayo de 2014.18

En respuesta, la CFSE presentó su oposición.19 Luego de atender los escritos presentados por las partes, el 8 de septiembre de 2014, el TPI declaró no ha lugar la solicitud de reconsideración.20

Aún inconformes, AMAS y Evanston comparecieron ante nosotros con los siguientes señalamientos de error:

· Erró el TPI al declarar ha lugar la Moción de Desestimación y/o Sentencia Sumaria presentada por la Corporación del Fondo de Seguro del Estado, desestimando así la Demanda Contra Tercero instada por Advance Medical and Administrative Support Corp. y Evanston Insurance Company contra ésta por entender que la reclamación de AMAS no justificaba la concesión de un remedio.

· Erró el TPI al no considerar ni aplicar las doctrinas de derecho presentadas por AMAS y Evanston de: novación extintiva, condonación, “accord and satisfaction”, transacción novatoria e impedimento por su propios actos.

· Erró el TPI al declarar no ha lugar Moción de Desestimación y/o Sentencia Sumaria presentada por Advance Medical and Administrative Support Corp. Y Evanston Insurance Company por existir hechos esenciales en controversia que impiden desestimar la reclamación de $493,870.00 incluida en la Reconvención Enmendada contra Advance Medical and Administrative Support Corp. y en la Demanda de Tercero contra Evanston Insurance Company.

· Erró el TPI al considerar como hechos incontrovertidos hechos realmente controvertidos, los cuales están en descubrimiento de prueba y existe controversia de hechos, los cuales no permiten la procedencia de una sentencia sumaria.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes, procedemos a resolver el sin trámite ulterior.

A. LA Moción Dispositiva bajo la Regla 10.2 (5) de PROCEDIMIENTO Civil

Nuestro ordenamiento procesal permite la presentación de mociones dispositivas. Esto es, que una parte solicite que todos o algunos de los asuntos en controversia sean resueltos sin necesidad de un juicio plenario.

Según el Informe de Reglas de Procedimiento Civil,21 la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, “establece los fundamentos por los que una parte puede solicitar la desestimación de una demanda presentada en su contra, a saber: falta de jurisdicción sobre la materia o la persona, insuficiencia del emplazamiento o su diligenciamiento, dejar de exponer una reclamación que justifique la concesión de un remedio o dejar de acumular una parte indispensable. La moción de desestimación bajo la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 10.2,es aquella que formula el demandado antes de presentar su contestación a la demanda, en la cual solicita que se desestime...

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