Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2015, número de resolución KLCE201401708

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201401708
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Enero de 2015

LEXTA20150130-075 Beckerleg Zequeira v.

Zequeira Brinsfield

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

MARÍA P.BECKERLEG ZEQUEIRA DE USERA,
Recurrida
VIRGINIA ZEQUEIRA BRINSFIELD
Peticionaria
EX PARTE
KLCE201401708
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: KEX2009-0039 (708) Sobre: Declaración de incapacidad

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2015.

La Sra. Virginia Zequeira Brinsfield (en adelante, la peticionaria) nos solicita que revisemos una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante, TPI) el 23 de noviembre de 2014. Mediante la referida orden, el foro de instancia resolvió una Moción Solicitando Orden Urgente presentada por la peticionaria y relacionada con una situación surgida con ciertos documentos necesarios para presentar unos informes de tutela de la siguiente manera: “Nada que proveer. Son asuntos que la aún tutora debe resolver.” Por

los fundamentos que expresaremos a continuación, se deniega la expedición del auto de certiorari solicitado.

De acuerdo con lo expresado por la peticionaria en su recurso, esta fue nombrada tutora judicial de la Sra. María Cecilia Zequeira Martínez de Andino (en adelante, Sra. Zequeira) el 31 de marzo de 2010 y, debido a la complejidad de las funciones requeridas como tal, se atrasó en la presentación de los correspondientes informes de tutela, con excepción de los presentados durante el período comprendido desde el 31 de marzo de 2010 al 31 de marzo de 2011. La Sra. Zequeira falleció el 2 de marzo de 2014 y tres de los miembros de su sucesión comparecieron ante el foro de instancia para solicitar que los informes de tutela pendientes fuesen preparados por la CPA Carmen Avalo.

Según la peticionaria, ésta le entregó a la CPA una caja que contenía miles de documentos originales sin tener copias fotostáticas de los mismos. Acto seguido, de acuerdo también con la peticionaria, la CPA preparó unos Informes de Ingresos y Gastos que no fueron aceptados por el foro recurrido, toda vez que los mismos eran “incorrectos y no cumpl[ían] con los requisitos del formato del portal de la rama judicial…”. Así las cosas, la peticionaria señala que el TPI le ordenó someter los informes de tutela pendientes para el 19 de febrero de 2015.

El 17 de noviembre de 2014, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR