Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2015, número de resolución KLAN201401796

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401796
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Enero de 2015

LEXTA20150130-170 Plaza Finance Corp. v. Suarez Roman

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ Y AGUADILLA

PANEL X

Plaza Finance Corp.
Apelante
vs.
Edgar Y. Suárez Román
Apelado
KLAN201401796
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de San Sebastián Sobre: Cobro De Dinero – Regla 60 Civil Núm.: A DCI201400231

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Jueza Cintrón Cintrón y el Juez Rivera Colón.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2015.

Comparece Plaza Finance Corp. (Plaza Finance) y solicita la revisión de la Sentencia emitida y notificada el 24 de septiembre de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Moca (TPI). En ella, el TPI desestimó la demanda en cobro de dinero al amparo de la Regla 60 de las de Procedimiento Civil presentada por dicha corporación en contra del Señor Edgar Suárez Román (Sr. Suárez Román). Además, ordenó a Plaza Finance el pago de honorarios de abogado por la cantidad de $750.00.

-I-

El 21 de mayo de 2010 el Sr. Suárez Román solicitó un préstamo personal por la cantidad de $7,897.68, incluyendo intereses, la cual sería satisfecha a razón de un pago mensual de $188.04 por el término de 42 meses.

Al momento de tomar el dinero a préstamo, Plaza Finance le facilitó a la parte apelada la obtención de una póliza de seguro de crédito con la compañía aseguradora Multinational Life Insurance Company (Multinational) la cual garantizaría el pago de la deuda en caso de incapacidad.

El Sr. Suárez Román realizó pagos por la cantidad de $1,316.28 desde el 21 de junio de 2010 al 21 de diciembre de 2010. Sin embargo, debido a su crítica condición de salud, solicitó los beneficios de Multinational para que respondiera por el pago del préstamo. Realizada la determinación de incapacidad, la aseguradora comenzó a realizar los pagos el 5 de enero de 2011 y se mantuvo efectuando los mismos hasta el 5 de abril de 2013, para un total de $5,562.40. A dicha fecha el balance adeudado era de $1,019.00.

Así las cosas, el 31 de julio de 2013, Multinational le envió al Sr.

Suárez Román una comunicación en la que le indicó que su reclamación había sido reevaluada toda vez que el beneficio máximo correspondiente a la cuenta era de $8,000.00, y no de $5,000.00, como se había informado anteriormente.

Indicaron que asumían el error y sometieron un cheque a favor de Plaza Finance por la cantidad de $564.12 con fecha de 24 de julio de 2013.

Además, le solicitaron que actualizara la información relacionada con la incapacidad para poder responder del balance adeudado.1

El 30 de abril de 2014, Plaza Finance instó la presente demanda en cobro de dinero en contra del Sr. Suárez Román. Por su parte, el apelado solicitó la desestimación de la demanda, mediante moción del 17 de julio de 2014, bajo alegación de falta de parte indispensable.

En consecuencia, el 5 de...

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