Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Febrero de 2015, número de resolución KLAN201402081

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201402081
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2015

LEXTA20150209-021 Reyes Torres v. Positronic Industries Caribe Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL ESPECIAL

LUIS E. REYES TORRES
Apelante
v.
POSITRONIC INDUSTRIES CARIBE, INC.
Apelado
KLAN201402081
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm.: J DP2014-0327 Sobre: Daños y perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.

Jiménez Velázquez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de febrero de 2015.

El señor Luis Enrique Reyes Torres recurrió ante este foro mediante recurso de apelación, debido a que, alegadamente, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, incurrió en tres (3) errores al emitir sentencia desestimatoria a favor de la parte apelada de epígrafe. Sin embargo, la alegada sentencia aún no ha sido emitida por el foro de instancia.

A la luz de los hechos y del trámite procesal que a continuación reseñamos, desestimamos el recurso de apelación.

I

El 1 de agosto de 2014, el confinado Luis Enrique Reyes Torres (Reyes) presentó, por derecho propio y de forma pauperis, una Demanda sobre daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, contra Positronic Industries Caribe, Inc. (Positronic). El señor Reyes alegó que la parte demandada fue negligente al no ofrecer los tratamientos médicos de forma adecuada, lo que provocó la inmovilidad de su mano derecha y aumentando la incapacidad permanente de la misma. Según el demandante, éste había agotado todos los remedios ofrecidos por el Departamento de Corrección y Rehabilitación. El señor Reyes alegó que, el 5 de julio, fue llevado a la Corporación del Fondo del Seguro de Estado a raíz de un accidente laboral. Luego de ser atendido por un doctor en medicina, fue diagnosticado con una fractura en su mano derecha, producida por un accidente con una máquina de presión que aplastó la misma. Les fueron recetados medicamentos como tratamiento, el cual, adujo, fue interrumpido por la parte demandada, lo que provocó la inmovilidad de su mano diestra. Según el señor Reyes, Positronic le negó el tratamiento. El señor Reyes adujo que su acción correspondía a una reclamación por mala práctica médica contra Eduardo Matos, médico de la Corporación del Fondo del Seguro de Estado. Exigió la suma de $3,000,000 por la incapacidad provocada en su mano...

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