Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Febrero de 2015, número de resolución KLAN201500131
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201500131 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2015 |
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Caso Núm.: A LA2012G0062 al A LA2012G0065 A VI2012G0010 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de febrero de 2015.
Comparece, por derecho propio, el Sr.
Eduviges Morales Feliciano, en adelante el señor Morales, y presenta un escrito titulado Reconsideración de Sentencia. Este no contiene señalamiento de error.
Tampoco incluye una Resolución o Sentencia cuya revisión judicial solicite.
Se limita a mencionar algunas citas de Reglas de Procedimiento Criminal, a afirmar que la pena que se le impuso en agosto de 2012 como resultado de una alegación preacordada es excesiva y solicita
de este Tribunal que le asigne representación legal y que haga las gestiones para notificar a las partes involucradas.
Como se desprende de lo anterior, dicho escrito no constituye un recurso revisable por este tribunal intermedio. Ello es así, ya que no plantea una controversia sustancial que pueda adjudicarse bajo algunos de los parámetros reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico. Ni siquiera podemos clasificarlo bajo alguna de las categorías de recursos susceptibles de adjudicación bajo el Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
El Reglamento del Tribunal de Apelaciones dispone que dicho foro podrá, motu proprio, en cualquier momento, desestimar un recurso porque no se haya perfeccionado conforme a la ley, a las reglas aplicables y no plantea una controversia sustancial.1 Cónsono con lo previamente expuesto, desestimamos el escrito del señor Morales por incumplir con la Regla 83 (B) (3) (4) y (C) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones.
Por los fundamentos antes expuestos, se desestima el presente recurso por incumplir con las disposiciones de la Regla 83 (B)...
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