Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Febrero de 2015, número de resolución KLCE201401404
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201401404 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Hatillo Caso civil núm. OPA14-51 Sobre: Ley contra el Acecho |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.
González Vargas, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de febrero de 2015.
Mediante el presente recurso el señor Alvin Atiles Tosado cuestiona la concesión de una orden de protección a favor de la señora Wanda L. Viera Pérez.
Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega el recurso presentado.
En septiembre de 2014, la señora Viera Pérez peticionó ante el Tribunal de Primera Instancia de Camuy (TPI) una orden de protección en contra del señor Atiles Tosado. La orden se tramitó al amparo de la Ley Contra el Acecho en Puerto Rico. En su petición, la señora Viera Pérez aseveró que en repetidas ocasiones su vecino, el señor Atiles Tosado, se acercaba a su residencia y lanzaba objetos a su propiedad. Además, alegó en su petición que este último tenía cámaras puestas en dirección a su hogar. Asimismo, la señora Viera Pérez adujo que el 23 de agosto de 2014 se produjo un altercado entre el señor Atiles Tosado y su esposo, y que sentía temor por ella y su hijo de pocos meses de nacido.
Luego de celebrada una vista ante la juzgadora de instancia, el 17 de septiembre de 2014, el TPI declaró ha lugar la orden de protección, fijándola por un término de 6 meses (desde el 17 de septiembre de 2014 hasta el 17 de marzo de 2015). Ordenó al señor Atiles Tosado abstenerse de acosar, perseguir, intimidar, amenazar o interferir con la señora Viera Pérez y algún miembro de su familia. Además, ordenó al señor Atiles Tosado abstenerse de acercarse al hogar de la señora Viera Pérez y entregar a la policía cualquier arma de fuego en su posesión. Las siguientes fueron las determinaciones de hechos que plasmó el tribunal y que surgen en la misma orden de protección emitida:
La parte peticionaria expresa que han ocurrido varios incidentes entre las partes desde hace años que han terminado en varios casos radicados ante otros Tribunales. Peticionaria alega que parte peticionada tiene cámaras de seguridad dirigidas hacia su propiedad y alega que atenta contra su derecho a la intimidad situación que la tiene atemorizada por lo que pueda estar captando las cámaras de sus actividades familiares y las actividades de su hijo menor de 10 meses. Peticionado admite que tiene cámaras de seguridad y que sus cámaras únicamente captan un pequeño predio de terreno de la peticionaria. Peticionado alega que pudo ver desde su cámara de seguridad al esposo de peticionaria arrojando almendras a su patio. Por las alegadas conductas, el pasado 23 de agosto de 2014 se produjo un altercado entre las partes que terminó en un enfrentamiento a golpes entre el esposo de peticionaria y el...
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