Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2015, número de resolución KLRA201500162
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500162 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2015 |
| | Revisión Administrativa procedente de la Junta de Revisión del Departamento de Educación. Núm.: JR-2014-016 Sobre: Impugnación de la Adjudicación de Subasta Núm. S.F.(CE) 2014-019, Contrato Whole Wheat Pizza |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.
Ortiz Flores, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2015.
Comparece ante este Tribunal de Apelaciones José Santiago, Inc. (recurrente) sobre una Resolución emitida por la Junta de Revisión Administrativa del Departamento de Educación (Junta) el 6 de febrero de 2015 y notificada ese mismo día, en el caso número JR-2014-016. Por medio de ese dictamen, la Junta revocó la adjudicación de la subasta SF(CE) 2014-019 y ordenó la adjudicación de la misma a F. & J.M. Carrera, Inc, (Carrera, parte con interés).
Por los fundamentos que se exponen a continuación, se desestima el recurso presentado por falta de jurisdicción al tratarse de un recurso tardío. Veamos los antecedentes fácticos y procesales que fundamentan esta decisión.
Mediante el dictamen recurrido, la Junta declaró ha lugar una Solicitud de revisión y/o impugnación de adjudicación de subasta que fue presentada por Carrera el 2 de septiembre de 2014. La Resolución fue emitida y notificada
el pasado 6 de febrero de 2015. Por su parte, el recurso de Revisión Judicial fue presentado el 18 de febrero de 2015, esto es, doce (12) días luego que la Junta notificó la Resolución.
El 26 de febrero de 2015 la parte con interés radicó una Moción de desestimación por falta de jurisdicción en la que alegó que, a tenor con la sección 4.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, 3 L.P.R.A. sec. 2172 (LPAU), el recurrente contaba con 10 días, contados a partir del archivo en autos de la copia de la notificación de la Resolución, para acudir en revisión judicial de una adjudicación de subasta. Arguyó que el recurrente presentó el recurso luego de vencido el término jurisdiccional de 10 días, por lo que procede la desestimación del recurso por falta de jurisdicción.
A continuación, atendemos la cuestión jurisdiccional...
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