Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Marzo de 2015, número de resolución KLCE201500245

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500245
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2015

LEXTA20150313-015 Mercado Cabrera v. L’osteria Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

LUIS E. MERCADO CABRERA
IVONNE IRIZARRY VALENCIA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJA MENOR DE EDAD STEPHANIE MERCADO IRIZARRY
Demandantes Recurridos
v.
L’OSTERIA, INC. H/N/C L’OSTERIA WINE & DELICATESSEN; GIACOMO GALATI Y SU ESPOSA FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B, C
Demandados Peticionarios
KLCE201500245
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K PE2011-4146 (Sala 803)) Sobre: Hostigamiento Sexual, Ambiente Hostil, Represalias, Agresión, Salario Dejado de Pagar, Despido Constructivo

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de marzo de 2015.

Los peticionarios L’Osteria, Inc. y Giacomo Galati comparecen ante este Tribunal mediante el recurso de certiorari de epígrafe y nos solicitan que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, mediante la que dicho foro declaró No Ha Lugar la Moción de Sentencia Sumaria Parcial presentada por estos.

En virtud de la Regla 7 (B) (5) de nuestro Reglamento, 4 LPRA Ap. XXII-B, procedemos a resolver el presente recurso sin mayor trámite y dispensar la justicia más rápida posible, toda vez que la controversia ante nuestra consideración es una clara cuestión de derecho. Evaluado el mismo, procede denegar la expedición del auto solicitado.

El 6 de diciembre de 2011, los recurridos Luis E. Mercado Cabrera e Ivonne Irizarry Valencia, en representación de su hija entonces menor de edad, Stephanie Mercado Irizarry, presentaron una demanda sobre hostigamiento sexual, ambiente hostil, represalias, agresión y despido constructivo contra los peticionarios. Alegaron que Stephanie se desempeñaba como mesera en L’Osteria cuando Galati, Gerente de dicho establecimiento, se le acercó e hizo comentarios sexuales gráficos y ante la expresión de desagrado de ésta la agredió en el brazo. Adujeron que en función de tales hechos, su patrono tomó represalias en contra de Sephanie que culminaron en un despido constructivo.

Luego de múltiples incidentes procesales, el 9 de diciembre de 2013, los peticionarios presentaron una Moción de Sentencia Sumaria, en la que plantearon que debía desestimarse la causa de acción sobre agresión. Lo anterior...

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